EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

lunes, 26 de febrero de 2007

Se efectúo el acto con motivo de la conmemoración del “Día del Inquilino”

Se efectúo el acto con motivo de la conmemoración del “Día del Inquilino” el sábado 24 de febrero de 2007 en la Plaza de los Símbolos de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador según invitación hecha por la RED METROPOLITANA DE INQUILINOS con la participación de 300 inquilinos de toda el área metropolitana de Caracas y contando con la presencia e intervención de las siguientes personalidades:

  • Diputado de la Asamblea Nacional: Juan Carlos Dugarte

  • Diputada de la Asamblea Nacional: Magualida Barrera

  • Diputado de la Asamblea Nacional: Duglas Melendez

  • Presidente del FUNVI: Pedro Magallanes

  • Asesora legal FUNVI: Roxxi Alvares

  • Jefe civil de la parroquia San Pedro: Henrry Alvarado

Demostrando el gran civismos de los asistentes se llevo a cabo la jornada de este sábado en la cual se dio lectura al Balance histórico del movimiento inquilinario, ahora Red Metropolitana de Inquilinos, se entregaron planillas en las que cada uno de los ciudadanos afectados expuso su caso para realizar un diagnóstico por la Red Metropolitana de Inquilinos que posteriormente serán entregadas a la Comisión Especial de la Asamblea Nacional designada para estudiar nuestra problemática en la intervención de el diputado Juan Carlos Dugarte en la AN, en la dinamica y se dio el derecho de palabra a los asistentes y a las personalidades presentes, las cuales intervinieron en relación a nuestra temática.

Podemos apreciar en la grafica la gran concurrencia al acto: Haga click en la imagen para agrandar

Reconocimientos:
Al Jefe Civil de la parroquia San Pedro: Henrry Alvarado por el apoyo logístico prestado para la realización del evento.
A las personalidades presentes comprometidas con el proceso.
A los medios de comunicación asistentes.
A todos los que de una u otra manera colaboraron en la realización de este acto.
Y a los inquilinos por el gran civismo demostrado.

RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - PODER POPULAR

sábado, 24 de febrero de 2007

BALANCE HISTÓRICO DEL MOVIMIENTO DE INQUILINOS.

  • Leído el Sábado 24 de Febrero 2007, en el acto Conmemorativo del “Día del Inquilino”
Presentamos ante ustedes el balance histórico del Movimiento de Inquilinos en Venezuela hoy llamado Red Metropolitana de Inquilinos al cumplirse el primer año y un día, del momento en que se dio, firmó y selló (23 de Febrero de 2006) el Acuerdo del Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas Nº 013-2006, el cual declaró de Utilidad Pública e Interés Social, el Proyecto “Dotación de Vivienda para las Familias que habitan en condición de Arrendatarios en inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas”, hasta ahora imposibilitadas para acceder a la propiedad de esos inmuebles, con la recomendación expresa de que se dicte el correspondiente Decreto de Expropiación de conformidad con la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social.

Hacemos este balance en la Plaza de los Símbolos de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador, por cuanto fue en esta Plaza en que durante la Sesión Extraordinaria del Cabildo, su Presidente Dr. Juan Barreto, su Vicepresidente Neptalí García y su Secretario Aníbal Lizardo, emitieron dicho Acuerdo.

Es por ello que hemos convocado conjuntamente con todos los Inquilinos del Área Metropolitana de Caracas, a quienes emitieron dicho Acuerdo y las posteriores medidas de Expropiación, a compartir con nosotros la realización de este balance, pero fundamentalmente para que tanto el Cabildo Metropolitano de Caracas así como otros Concejales Municipales, y las demás Instituciones de los cuatro poderes del Estado, (Vice Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, Ministerios del Poder Popular para la Producción y el Comercio y del Poder Popular de Infraestructura; la Asamblea Nacional; La Defensoría del Pueblo y a la Magistratura ) conozcan el balance que nosotros los propios Inquilinos estamos haciendo de manera independiente, como parte de la Explosión Revolucionaria del Poder Popular, de uno de los cinco motores que ya están encendidos en nuestro país , en función de la transformación hacia el Socialismo del Siglo XXI.

Porque como de todos es conocido, este balance se enmarca históricamente en un proceso de transformación social al cual todos los Venezolanos estamos invitados a participar protagónicamente, en el proceso de transformación hacia una sociedad socialista, cuyos perfiles están siendo discutidos y que nosotros como inquilinos necesitamos pronunciarnos clarificando nuestras propias metas, como parte de las luchas de los distintos sectores del pueblo que, ampliamente mayoritario, estamos exigiendo participación y soluciones de fondo a nuestros problemas.

Y finalmente este balance se realiza en el momento en que el primer motor, la realización de Leyes Habilitantes, estimula la creatividad de todos los sectores y arrecian la celeridad para acometer medidas de emergencia en el camino de las grandes transformaciones, durante las cuales siempre existirán las grandes masas populares desposeídas que la apoyan y los férreos, minúsculos y poderosos sectores económicos, con sus diversos tentáculos, que se le oponen.

Lógicamente todas estas circunstancias tienen sus antecedentes y raíces históricas, necesarias de examinar para evaluar los logros y errores, los aliados y enemigos en nuestras luchas, las debilidades y las propias fuerzas de nuestro movimiento, pero ante todo clarificar nuestras metas y propuestas conjuntamente con las formas de organización, movilización y difusión para lograrlas; en un camino que permita deslindarnos de las influencias negativas y divisionistas en nuestro seno o provenientes de círculos burocráticos, que le hacen el juego indirecta o directamente, inconciente o interesadamente a quienes siempre nos han explotado: los Latifundistas de Concreto; que no son otros, que las distintas agrupaciones de los que aparecen como dueños de inmuebles urbanos, que permanentemente ven crecer el monto de la valoración de “sus inmuebles” como maná de la tierra, proporcionada por la mano de su “dios eterno” el capitalismo con su plusvalía, dispensador de las distintas formas de renta del suelo, que ellos llaman “el sudor de su frente”.

Con estos parámetros diseñados por (inquilinos) quienes dirigimos la Red Metropolitana de Inquilinos, participemos todos en la realización de este balance. Por eso, después de esta corta intervención los estimulamos a ustedes a expresarse verbal o por escrito, ahora o después, en función de enriquecerlo y completarlo; pero sobre todo para que todos juntos, definamos lo más democráticamente posible, el camino, las metas y las formas de organización y movilización para conquistarlas. LOS DERECHOS NO SE MENDIGAN, NO SE RUEGAN, NI MUCHO MENOS SE SUPLICAN. SIMPLEMENTE SE CONQUISTAN COMO YA LO HAN DEMOSTRADO LAS VICTORIAS DE LAS GRANDES MASAS POPULARES, conocidas a través de la historia de la humanidad.

Comencemos pues, a hacer este balance histórico del movimiento de los arrendatarios conocidos hoy como inquilinos. La lucha de los arrendatarios se remonta a la lucha de nuestros pueblos indígenas que habiendo sido violentamente desposeídos, desplazados, y casi aniquilados, por el “derecho” conferido por la Bula Papal a los invasores españoles, fueron convertidos junto con las diversas mezclas genéticas, producto del mestizaje descendiente, en poseedores precarios a través de amañadas formas jurídicas, por los leguleyos de turno, y obligados a aportar una parte creciente de su producción, (que conspiraba con su propia posibilidad de subsistencia) a unos pocos conquistadores españoles y sus descendientes, a quienes le confirieron el sagrado, divino y natural derecho de propiedad.

HONOR A NUESTROS INDÍGENAS VIOLENTAMENTE EXPROPIADOS POR LOS INVASORES ESPAÑOLES

La guerra de independencia, lejos de hacer verdadera justicia social en el reparto de las tierras y a pesar de las distintas proclamas del Libertador, de redención social a las clases desposeídas que participaron en las luchas libertarias y cuyo aporte fue decisivo para la victoria frente al ejército español; se convirtió en una gran frustración de ellas, para ser sometidas de nuevo como arrendatarias y/o peones de hacienda de unos pocos venezolanos que lograron amañadamente y por la fuerza, nuevos títulos de sagrada y divina propiedad de grandes extensiones de tierra de vocación y producción agropecuaria, y en muchos casos únicamente engordadas por los grandes latifundistas del Campo, llegando incluso, a la larga, a expropiar progresivamente a nuestros aborígenes que habían recibido derechos de propiedad común de “cuatro leguas alrededor de la plaza mayor”, en muchas zonas del país, conferidos por la “Corona Española”, como producto de las luchas de los indígenas y gestionadas por algunos representantes del clero, consecuentes con la masa violentamente expropiada.

HONOR A NUESTROS INDÍGENAS, NEGROS, MULATOS Y MESTIZOS, CAMPESINOS, VIOLENTAMENTE EXPROPIADOS Y SOMETIDOS POR LOS USUFRUCTADORES DE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA

La impronta capitalista del siglo pasado, estimulada en nuestro país por el inicio y desarrollo de la explotación petrolera, acompañada de tímidos y dependientes avances industriales y grandes corporaciones constructoras, inmobiliarias, comerciales y financieras, sustentadas en su gran mayoría con la apropiación fraudulenta de la Renta Petrolera y del excedente producido por el trabajador; condujeron a una enorme concentración de la población en grandes urbes.

Estas concentraciones se produjeron, primero en torno a los campos petroleros que fueron reduciendo progresivamente su capacidad de empleo y luego mayormente hacia la región capital y otras ciudades, produciéndose de esta manera una concentración poblacional de las masas campesinas desposeídas y expropiadas violentamente del campo, hacia las grandes ciudades, convertidas junto con sus descendencias ahora, en trabajadores industriales, comerciales y bancarios, entregando de nuevo una buena parte de su trabajo a los que usando todos los mecanismos del poder político, económico, social y jurídico y las propias leyes del Capital, aparecen como propietarios de los grandes medios de producción.

Otra parte de esta población expropiada masivamente, constituyó el inicio del desarrollo de los empleados públicos del Estado Capitalista. Los no ocupados han venido constituyendo el gran cinturón de miseria de nuestros barrios, así como los trabajadores por cuenta propia de diferentes niveles, cuya magnitud ha crecido continuamente. La Clase Capitalista ha tenido de sobra, grandes reservas de empleo para mantener los salarios a los niveles más bajos posibles, apropiándose cada vez más de una parte creciente del trabajo de la clase obrera y ha desarrollado los más férreos tentáculos para absorber una creciente parte de la renta petrolera a su favor. Las leyes del Capitalismo se mantienen con altibajos de medios aparentemente pacíficos acompañados de períodos violentos, para imponer una mayor concentración de las riquezas en unos pocos y ampliar crecientemente la población desposeída.

Las tierras urbanas del Valle de Caracas, otrora espacios de tránsito y porqué no decirlo de pugnas de nuestros aborígenes, pero sobretodo de aguerridas luchas de resistencia frente a los invasores españoles, dirigidas por los Caciques Guacaipuro, Baruta, Chacao, Catia, Naiquatá, y muchos otros conocidos o menos conocidos; se convirtieron progresivamente en la gran metrópolis regida por las leyes del Capitalismo, en donde el suelo proporcionaba a su conquistador, heredero o incluso comprador, una renta capitalista determinada y creciente, aún sin tener ningún uso. Latifundista Urbano.

Los anteriores “amos del valle” con actividades hacendísticas y de producción agropecuaria, se reprodujeron de distinta manera para dar origen a los amos y usufructadores de la gran ciudad de Caracas y sus alrededores, cambiando el uso de las tierras en grandes construcciones comerciales, Bancarias, Urbanísticas (casas y edificios de vivienda para sectores diversos) y de Transporte; públicas y privadas, atraídas por la magnitud de la Renta que proporcionaban las “leyes del Mercado Capitalista” imponiendo, con corruptelas variadas, las formas de apoyo del Estado a ese crecimiento rentístico. He allí el origen de los latifundistas de concreto.

Y regidos por esas cuotas rentísticas, observamos que las corporaciones urbanísticas han orientado sus brújulas constructivas y acaparamiento monopolístico a desarrollar grandes Centros Comerciales, convirtiendo en cada uno de los municipios, las otroras casas de vivienda en casas de uso comerciales, y comprando y monopolizando gran número de edificaciones de vivienda para convertirlas en edificios comerciales, de oficinas o de estacionamiento, dado el gran crecimiento del uso de vehículos de uso individuales que lo están requiriendo. La batalla de las construcciones de concreto la están perdiendo los usos habitacionales en beneficio de los otros usos, que suministran más renta del suelo a sus Corporaciones constructoras e inmobiliarias. Grandes masas poblacionales han sido expropiadas en nuestra capital, por “Causa de Utilidad Pública” par el beneficio capitalista y rentístico, con resistencias variadas de sus pobladores, que no han suscitado el escándalo comunicacional de los medios que los propios capitalistas y Latifundistas de concreto poseen.

Los latifundistas de concreto, que asumen la forma de propietarios de edificaciones y casas de alquiler, con sus agencias inmobiliarias y asociaciones de propietarios, conducidos por esas tendencias que se le imponen férreamente a todos ellos sin distingos personales, no se quedan atrás.

Y así compran o imponen Ministros, direcciones de inquilinatos, concejales, alcaldes, legisladores, abogados, Jueces y demás funcionarios públicos, y hasta a algunos inquilinos o sus directivas o asociaciones regionales de los mismos; para acometer impunemente contra los arrendatarios, transformando apartamentos y áreas comunes (estacionamientos, salas de fiesta, terrazas, sótanos, apartamentos de los conserjes) de sus edificios en uno, dos o tres apartamentos, en oficinas, galpones, estacionamientos privados, y pare de usted de contar en la saña patológica representativa de la avaricia del propietario. Aspira a que su “Dios Dinero”, al cual se le arrodilla y reza por su salud diariamente, lo lleve a las santas esferas del Cielo.

A esta tendencia desaforada, se le une los crecientes niveles de renta del suelo capitalista, con la cual siempre sueña e impone con la venia del Estado. Cada cierto tiempo una buena parte de los “propietarios” ven incrementarse sus ingresos mensuales y anuales, sin gastar un ápice de su sudor, por las nuevas regulaciones que logran a través de las instituciones del Estado. Y cada cierto tiempo una buena parte de la población inquilinaria, se ve obligada a entregar la vivienda alquilada por no poder cancelar los nuevos cánones de arrendamiento. O sencillamente son desalojados. Sus salarios familiares no han crecido como crecieron los cánones de arrendamientos.

Sin embargo la avaricia y la demostración de poder inmobiliario de los propietarios es tan grande que muchos violan las regulaciones propias del Estado a su servicio, y desarrollan tracalerías diversas amparadas por su impunidad jurídica y la debilidad de los inquilinos individuales. Léase, imposición de cánones fuera de los reglamentados, cobros anuales por adelantado, traspasos millonarios, incumplimiento de la responsabilidad de mantenimiento de la edificación, no cancelación de impuestos municipales o estadales, que en la mayoría de las casos conduce a precarias condiciones de habitabilidad del edificio, o aportes de los inquilinos en su apartamento arrendado, o áreas comunes, etc.

En nuestro país y a partir de los años de Gobierno del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, se han desarrollado tres grandes situaciones que nos competen a los Arrendatarios:

1.- Durante las anteriores leyes habilitantes (Noviembre de 1999), se aprobó por imposición de los propietarios, con el aval de asociaciones de inquilinos fantasmas, y al amparo de la moribunda, la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios firmada por el Presidente encargado Ignacio Arcaya, que no sólo derogó medidas anteriores a favor de los inquilinos, sino que reduciendo a dos años los períodos de regulación, permitió tanto los usureros aumentos de alquileres del año 2001 (350 a 600% de aumento) como la incorporación de diversos artículos en la Ley ( ) que han facilitado los grandes abusos y arbitrariedades de los propietarios y le han proporcionado mayor celeridad en los procesos de desalojo de los años recientes, los cuales se están agudizando en los actuales momentos. Más del 40 % de los inquilinos fueron desalojados a partir de ese decreto.

2.- Como contrapartida a ese contrabando de los capitalistas en las leyes habilitantes, el Presidente Hugo Chávez declaró el alquiler de vivienda como bienes y servicios de primera necesidad (06-02-03) y luego dos de sus ministros decretaron a partir del 08 de abril del mismo año la congelación de alquileres con los cánones del 30 de noviembre de 2002, la cual se ha mantenido y tiene una vigencia hasta mayo de 2007. Esta oportuna y certera decisión gubernamental en beneficio de los inquilinos ha permitido reducir ampliamente posibles desalojos masivos, generando en nosotros una especie de inquilinos sobrevivientes, por cuanto no se han desarrollado incrementos en los años 2003, 2005 y 2007. Si esto hubiese sucedido no lo tuviéramos contando como inquilinos.

3.- A pesar de esa medida, la circunstancia crítica de los inquilinos, mencionadas anteriormente y el arrecio de las medidas arbitrarias de los dueños, luego de las medidas de congelamiento, hizo que los mismos arrendatarios se pronunciaran en Septiembre de 2005 en la Plaza de los Símbolos, exigiéndole al Cabildo Metropolitano de Caracas como representantes electos del pueblo, soluciones a la difícil situación inquilinaria. De allí surge el Decreto del Cabildo Metropolitano de Caracas 013-2006, como una repuesta al clamor de los Inquilinos, que hoy estamos balanceando su desarrollo, en el año 2006 y en lo que va del 2007.

La permanencia más o menos estable de la masa de inquilinos, a partir del decreto de congelamiento de alquileres y a pesar de los continuos despojos, ha permitido no sólo que la divulgación del Acuerdo a través de diversos medios, por parte de los propios inquilinos y de varios voceros de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, y el hecho que hasta ahora se hayan afectado unos 200 edificios, de los 2000 edificios de apartamentos que pudieran ser sujetos a la medida de Expropiación, o mejor: de rescate de la propiedad de un inmueble que ya se ha pagado con creces su costo; nos ha permitido comenzar a desarrollar un movimiento autónomo de Inquilinos que hoy viene siendo respetado por su avance organizativo, conciente y de movilización y que actualmente está elaborando conjuntamente con la Comisión de la Asamblea Nacional, presidida por el Legislador Carlos Dugarte, y con la participación de miembros del Área de Estudios Jurídicos de la U.B.V. solicitudes de nulidad de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y avances hacia una nueva ley que entre otras cosas derogue el sistema inquilinario, comodato y demás formas de explotación inquilinaria.

Por ello esta vez los inquilinos organizados y movilizados combativamente, bajo planificación de corto, mediano y largo plazo, como parte de la Explosión del Poder Popular, conquistaremos el derecho a una vivienda digna y rechazaremos combativamente cualquier medida de desalojo hasta alcanzar las medidas de inamovilidad inquilinaria como la que se acaba de aprobar por un Juez de Brasil (por el lapso de 60 días), esperando que nuestros legisladores aprueben medidas de más largo alcance. La continua violación a los derechos humanos y a la vivienda, acometidos durante las medidas de desalojo viene causando grandes tensiones en nuestros grupos familiares lo cual ha generando infartos y demás complicaciones psíquicas, emocionales y físicas, particularmente en las personas de mayor edad, siendo este sector, un alto componente de los inquilinos.

También es necesario señalar nuestro interés en unificar esfuerzos con otros sectores de la Población Metropolitana y por qué no de la población obrera y campesina para desarrollar acciones conjunta que fortalezcan nuestras luchas comunes. El camino de la conquista del Socialismo del Siglo XXI, necesariamente tiene que hermanarnos en ese objetivo. Para el próximo sábado tenemos un acto conjunto dentro de nuestra participación en la Campaña DESALOJO CERO, conjuntamente con los Comité de Tierra Urbana, los Pioneros y el Movimiento de Conserjes, al cual invitamos.

Finalmente queremos decir que en los actuales momentos estamos en conversaciones con las distintas instituciones de la Alcaldía Metropolitana de Caracas que nos ha ofrecido propuestas concretas que analizaremos a partir de la próxima semana. Estas y otras propuestas e informaciones particulares se discutirán efectivamente a partir del próximo lunes en el piso 9 de la Universidad Bolivariana de Venezuela, sede actual de la Red Metropolitana de Inquilinos. Por ahora continuemos haciendo el Balance histórico y evaluando nuestro porvenir de luchas y conquistas, sobre todo, la manera de organizarnos, movilizarnos y solidarizarnos con nosotros mismos y con el resto de sectores sociales que constituimos conjuntamente la Explosión del Poder Popular para la conquista del Socialismo del Siglo XXI.

jueves, 22 de febrero de 2007

INVITACIÓN A LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA DEL INQUILINO PARA ESTE SÁBADO 24 DE FEBRERO DE 2007

Nos dirigimos a usted muy respetuosamente en la oportunidad de invitarle al acto con motivo de la conmemoración del “Día del Inquilino” el Sábado 24 de febrero de 2007, en la Plaza Los Símbolos de la Parroquia San Pedro, donde el pueblo organizado en la Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular, realizará una actividad para dar a conocer el movimiento a través de una rueda de prensa y destacar la labor que hemos realizado los inquilinos en la lucha por una vivienda digna.


Día: Sábado 24 de Febrero 2007
Lugar: Plaza los Símbolos (estación del metro los Símbolos)
Hora: 9:00 AM.
Programación:
  • 9:00am: Apertura del evento
  • 10:00am: Inicio de la Asamblea:
    Balance histórico del movimiento inquilinario
    Red Metropolitana de Inquilinos
    Gestión de la Red Metropolitana de Inquilinos ante la Asamblea Nacional.
  • 10:30am: Asamblea Participativa:
    Lectura de Inquietudes y consultas de la comunidad
    Derecho de palabra de la comunidad
  • 11:00am: Rueda de prensa
  • 11:30am: Actividades culturales.

Atentamente; Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular

“ Es importante tu asistencia para que juntos enfrentemos las injusticias hacia el inquilino y construyamos soluciones en pro del pleno derecho a la vivienda y a la vida”

jueves, 15 de febrero de 2007

LA SOCIALIZACIÓN DE LA VIVIENDA (1° Parte)

Documento leído en asamblea de la Red Metropolitana de Inquilinos

Artículo publicado en el semanario
TEMAS VENEZUELA el 7 y 21 de abril de 2006
Por José Monsalve Cáceres

  • CUADRO SINÓPTICO RESUMEN
  • ACCIONES
  • JUSTIPRECIO
  • CANCELACIÓN AL PROPIETARIO POR PARTE DEL ESTADO
  • REPRODUCCIÓN COMPLETA del artículo publicado en el semanario TEMAS.

CUADRO SINÓPTICO DEL CONTENIDO RESUMEN

Dentro del cambio de sistema ocurrido en Venezuela con el proceso revolucionario en marcha, estamos ante un nuevo orden inmobiliario que se sustenta en los artículos Nos. 2, 82, 113, 114 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y los artículos No 56,129 y 130 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario y otros de otras leyes y decretos.

El artículo No 2 de la Constitución Bolivariana de Venezuela dice: “…Venezuela propugna los valores superiores de su ordenamiento jurídico, la justicia, la igualdad, la solidaridad social, la responsabilidad social…” ( es decir, y según la exposición de motivos de la Constitución Bolivariana de Venezuela, se define la organización jurídico-política que adopta la nación venezolana como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. Este artículo establece los principios de solidaridad social y del bien común, promoviendo la participación individual y comunitaria en el orden social y estadal de manera que la acción del gobierno, de los municipios, de los estados y del Poder Nacional se armoniza y coordina, para garantizar los fines del Estado venezolano al servicio de la sociedad).

El Art. No. 82 expresa: “Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluya un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias, la satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.

El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas y especialmente la de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.” (En la exposición de motivos se establece la vivienda como hábitat que humaniza las relaciones familiares y comunitarias, y constituye la base fundamental del nuevo ordenamiento jurídico en el que la vida, la ética, la moral, la libertad, la justicia, la dignidad, la igualdad, la solidaridad, el compromiso, los deberes ciudadanos, y la seguridad jurídica, son valores que concurren en la acción transformadora del Estado, la Nación, el gobierno y la sociedad, en un propósito de realización compartida…)

De la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario podemos tomar, entre otros, el artículo 56 que establece: “El Ejecutivo Nacional por resolución conjunta y motivada de los Ministerios de Finanzas y de la Producción y el Comercio, podrá excepcionalmente acordar al territorio nacional la comercialización de determinados bienes declarados de primera necesidad producidos en el país”

Cuando un bien es declarado de primera necesidad por el Estado su precio es regulado y establecido por el Estado. Si “si el bien dado en alquiler es declarado de primera necesidad” su precio de venta debe ser regulado según un justiprecio establecido de acuerdo con su costo de producción para evitar la especulación, el sobreprecio y aprovechamiento de la necesidad del inquilino, evitando esquilmar al Estado y comprador de la vivienda que apliquen para su expropiación por utilidad pública.

Por lo anterior se puede establecer el siguiente mapa de acción:

  1. Declarar las viviendas destinadas a la explotación comercial de usufructo por alquiler de las mismas, susceptible de expropiación y regulación de su costo-precio.
  2. Identificar como dice el decreto que se aplicará a aquellas viviendas con veinte (20) años o más de construcción y con diez (10) o mas años consecutivos dado en alquiler a un mismo inquilino.
  3. Se entiende por vivienda a toda construcción, multifamiliar, bifamiliar o unifamiliar que se hayan construido en una misma parcela o parcelas unificadas para tal propósito, y que su estructura de construcción sea común o compartida entre varias viviendas, es decir, que sea una sola estructura para la edificación vertical (edificios) u horizontal (casas bifamiliares o multifamiliares). Que tengan paredes medianeras en común entre una vivienda y otra; y otras características que se puedan considerar.
  4. El decreto debe aplicar a aquellos propietarios, que fuera de su vivienda principal o de residencia, posean un mínimo de tres vivienda destinada al alquiler en los últimos diez años. Esto evitará que el propietario transfiera a inquilinos testaferros (el dueño de un edificio puede dar en venta fraudulenta en los últimos años para evitar la aplicación del decreto) mediante patrañas legales y evitar la aplicación del Decreto.

EL JUSTIPRECIO:

  1. Establecer el justo valor de la vivienda dada en venta al inquilino con 10 o más años en alquiler es el punto más álgido y controversial del proceso. El propietario va a pretender pescar en río revuelto, especular y aprovecharse de la situación. Va a intentar establecer un precio inmoral, por encima del justo valor de una chatarra habitacional como son el estado actual de las mayorías de las viviendas construidas en la década de los años 50,60,70,80, las cuales han sido dejadas al abandono, sin mantenimiento; viviendas que presentan un deterioro estructural y formal. Las mayorías son construcciones elementales, sin ascensores (y si los tiene están dañados e inoperantes), sala de fiestas, áreas verdes, intercomunicadores, tuberías de agua para incendio, luces de emergencia, maleteros y otros factores exigidos para un buen hábitat.
    Para evitar las distorsiones sobre el precio es necesario establecer una metodología, un tabulador, un baremo, una tarifa fundamentada en el análisis numérico del metro cuadrado de construcción de la vivienda de acuerdo con el costo de construcción en el año que fue elaborada dicha vivienda, estableciendo un referente, en este caso el valor del dólar para ese año y actualizarlo al valor dólar del presente. Pongamos por caso un apartamento, casa bifamiliar o casa multifamiliar construida en el año 1967, y para esa época el costo de construcción por metro cuadrado (M2) era de Bs. 950,oo según consta en documentos protocolizados de compra-venta en los registros, otros documentos y otras referencias; si el apartamento tiene 80 M2 de construcción y el dólar para la época estaba a Bs. 4,30, multiplicamos los 80 M2 de construcción por Bs. 950,oo que para la fecha valía el M2, por lo que el valor de venta del apartamento fue de Bs. 76.000,oo, y si lo dividimos entre el valor dólar para la época, es decir Bs. 4,30, el valor de inversión fue de 17.674 dólares, así al actualizar el valor del dólar por Bs. 2.140,oo (17.674 x 2.140,oo) obtenemos una transferencia justa del precio de Bs. 37.822.300,oo. Este es el costo actual. Al llevar el valor de inversión a los números se evitan las interpretaciones subjetivas y personales, los números son exactos. El propietario rescata su inversión inicial, y además ha obtenido una renta o ganancia durante varias décadas donde ha duplicado o triplicado el valor de la inversión inicial. Por otra parte, seguramente nunca ha pagado impuesto por ese beneficio, y ha adulterado los planos de construcción para obtener mayor número de apartamentos y otros ilícitos. Con este justo procedimiento para determinar y asignar el valor de las viviendas en esta situación, se agiliza el proceso y todos participan, tanto propietarios e inquilinos en un ganar-ganar.

La Cancelación al Propietario por parte del Estado:

  1. Establecido el justiprecio de la vivienda al ser expropiada por el Estado, según Decreto, el costo de la misma será cancelada a su propietario con Bonos de la Deuda Pública que podrá cambiar en el mercado de valores.
  2. El Estado da en venta al inquilino para pagar en cuotas mensuales y consecutivas, en 20 años, el valor que canceló al propietario.
  3. El inquilino puede pedir la aplicación de este decreto sobre el inmueble que habita en alquiler en forma individual o colectiva.

A continuación reproducción del artículo publicado en el semanario TEMAS:

LA SOCIALIZACIÓN DE LA VIVIENDA

En Venezuela ha ocurrido un cambio de sistema, es decir, un cambio en la base, la estructura y en la superestructura social. Esto determina cambios en los diferentes sectores sociales; en consecuencia, estamos presenciando un nuevo orden educativo, un nuevo orden en salud, un nuevo orden económico, un nuevo orden social, "un nuevo orden inmobiliario", etc. Estos cambios estructurales de la sociedad, sobre todo los cambios realizados en la superestructura que es la que establece el nuevo marco legal y los fines del Estado, y que en esencia están expresados en el artículo número 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual dice: "Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político".

En este artículo número 2 está el sustrato social de la nueva Venezuela y está transversalizado en toda la Constitución, ya que define los principios de la solidaridad social y del bien común, que conduce al establecimiento de un "Estado Social de Derecho" a diferencia de un "Estado de Derecho" simplemente como lo definía la Constitución anterior.

Pero, ¿Qué es un Estado Social De Derecho?

Es aquel que trata de armonizar intereses antagónicos de la sociedad, sin permitir actuaciones ilimitadas de ciertos grupos sociales generalmente minoritarios, en base al silencio de la justicia o de la ley. Este extraordinario artículo 2, lleva implícito el concepto de "Interés Social" y entendemos por interés social a un concepto ligado a la protección de determinados grupos de la población del país, generalmente mayoritarios, a quienes se reconoce que están en desigualdad de condiciones con las otras personas con quien se relacionan y por lo tanto las defiende para evitar que esa condición de desigualdad jurídico-económico-social en que se encuentra, actúe sobre ellos y se les causen daño jurídico, social o económico; y es por ello que esta Constitución de la República Bolivariana de Venezuela pone en igualdad de condiciones al débil jurídico, al débil social y al débil económico y es la base fundamental de la economía social apoyada en la economía productiva bajo el criterio del trabajo reproductor y reproductivo y no de la especulación, la usura, el aguiotismo y el capital como fin. No es la lógica del capital, sino la lógica de la producción y la producción social.

La economía social basa su lógica en el ser humano y en las necesidades colectivas y no en el individualismo. Los objetivos de la producción de bienes y servicios están en función social o utilitaria. El valor de cambio se sustituye por el valor social. El capital social sustituye el valor del capital. Valores de uso y de bienestar colectivo, como el conocimiento, la educación, la salud, la titularidad y uso de la tierra, la vivienda, etc. están por encima de los valores individuales. La economía social no explota el trabajo ajeno sino que lo desarrolla. Sustituye la explotación del hombre por el hombre por el crecimiento del hombre por el hombre. Democratiza el capital dentro del concepto de justicia social y de interés social, donde estén protegidos determinados grupos de la población del país, a los cuales no se le permite su desarrollo social y económico, y por ende la democratización de la riqueza y las oportunidades, creando leyes o decretos como los promulgados recientemente por el Alcalde Mayor Juan Barreto sobre el "nuevo orden inmobiliario".

La vivienda y el socialismo del siglo XXI.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 114 expresa claramente lo siguiente: "El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros ilícitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley".

Este novedoso artículo de la Constitución que condena explícitamente LA USURA, LA ESPECULACIÓN, EL ACAPARAMIENTO, es letra viva de la nueva doctrina jurídico-social que sanciona, sentencia y castiga uno de los vicios, de las perversiones y antivalores más ruines, abyectos y abominables del ser humano, como es la usura. En todos los tiempos, la humanidad ha condenado este innoble vicio. En la antigüedad, en la edad media y en los tiempos modernos, la literatura, el teatro, la filosofía, y todos los sistemas axiológicos han repudiado la usura, que viene a ser la práctica cotidiana de enriquecerse en forma desmedida aprovechándose de las necesidades humanas. Cuando una persona valiéndose de un estado de necesidad social o económico de un semejante, aprovecha esta coyuntura para enriquecerse vilmente, está cometiendo un acto ominoso que debe ser repudiado por el deber ser de la ética y la moral. La obra teatral de Williams Shakespeare "El Mercader de Venecia" retrata la ruindad y la vileza del usurero, del agiotista, del especulador, cuando por el afán de lucro desmedido y exorbitante se puede llevar a la muerte de un semejante, sin inmutarse ni arrepentirse.

La usura la encontramos en muchos contratos leoninos de alquileres y de compra-venta de inmuebles, refrendados en registros y notarías, bajo la apariencia de un negocio ordinario donde se esconde sin reflejar explícitamente la usura, la avaricia, la especulación, la ganancia exagerada, etc. invocando la falacia del llamado mercado. En nombre del "Dios Mercado", de la inflación, del valor de reposición, de la "escasez estructural" etc. que son la mayoría de las veces instrumentos macabros y sofismas creados por los mismos actores de poder y acaparadores de bienes y servicio, el mercado inmobiliario de alquileres y compraventa de vivienda se ha ubicado en niveles exponenciales de costo que impone y que hace imprescindible la intervención del Estado a nivel nacional y regional para regular y racionalizar un bien que debe ser considerado de primera necesidad como lo es la vivienda y el hábitat, y neutralizar así, la codicia y la usura que afectan estrepitosamente a una ingente mayoría de compatriotas venezolanos.

Ya existe un marco legal para ponerle coto a la codicia, al acaparamiento, a la usura de un bien vital como es la vivienda. La Ley de Protección al Consumidor y al Usuario en su artículo 56 expresa: "El Ejecutivo Nacional, por resolución conjunta y motivada de los Ministerios de Finanzas y de la Producción y el Comercio, podrá excepcionalmente acordar al territorio nacional la comercialización de determinados bienes declarados de primera necesidad producidos en el país". En la misma Ley en su artículo 126 se establece lo siguiente: "Quien por medio de un acuerdo o convenio, cualquiera que sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disminuirla, obtenga para sí o para un tercero, directa o indirectamente, una prestación que implique una ventaja o beneficio notoriamente desproporcionado a la contraprestación que por su parte realiza, incurrirá en delito de usura y será sancionado con prisión de uno a tres años, y serán sancionados con multas de cien unidades tributarias (100 U. T.) a tres mil unidades tributarias (3000 U. T.)" pero el artículo más importante de esta Ley es el que se refiere al acaparamiento. El 129 dice lo siguiente: "Quien restrinja la oferta, circulación o distribución de bienes o servicios de primera necesidad o básicos, retenga dichos artículos o niegue la prestación de esos servicios, con o sin ocultamiento, para provocar escasez y aumento de los precios, será sancionado con prisión de uno a tres años y con multas de cien unidades tributarias (100 U. T.) a 3000 unidades tributarias (3000 U. T.).

En el mismo 129 dice: "Los artículos y servicios aludidos en el párrafo anterior serán los especificados por el decreto del Ejecutivo Nacional". El artículo 130 también es muy importante y dice: "Quien enajene bienes o preste servicios declarados de primera necesidad, en forma directa o a través de intermediarios, a precios superiores a los citados por las autoridades competentes será sancionado con prisión de uno a tres años y con multa de 30 unidades tributarias (30 U. T.) a 3000 unidades tributarias (3000 U. T.).

Contra la especulación: Regulación

Es necesario insistir que el mercado venezolano y las variables oferta y demanda no corresponden a un juego comercial ético y moral, si no a herramientas perversas para satisfacer ganancias excesivas. Es cotidiano ver a comerciantes inescrupulosos retener o esconder productos para elevar sus precios y luego sacarlo al mercado para obtener "jugosas" ganancias. La cartelización de los precios es otra actitud delictiva muy corriente en el comercio nacional, cinco o diez productores que monopolizan un bien o un servicio, se ponen de acuerdo ¡y qué fácil es! el precio se eleva abruptamente sin que lo justifiquen los insumos.

Se ha llegado al extremo de comerciantes siniestros que pusieron bombas en algunas partes de la ciudad para crear caos y hacer subir los precios de la bolsa. Pero los alquileres y el costo de la vivienda no son acciones, es, y así debe ser declarado un bien de primera necesidad, y regular el costo, es decir, el M² de construcción de una vivienda, para ello es necesario establecer referentes de valores de construcción para el año en que se construyó dicha vivienda. Por ejemplo, si una vivienda, bien puede ser casa o apartamento, fue construida en el año 1970 (hace 36 años) al revisar los documentos protocolizados en registros y notarías, encontramos que el M² de construcción tenía un precio de bolívares 1000. El precio regulado de la vivienda en cuestión, debe ser el promedio del costo del M² de los contratos de compraventa protocolizados en los Registros para el año en que fue construida dicha vivienda.

Esto en cuanto al precio, pero en cuanto a la democratización de la adquisición de vivienda y del concepto techo propio, "es justicia", y está transversalizado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los planteamientos contenidos en el decreto del Alcalde Mayor, Juan Barreto, en el cual toda vivienda con más de diez años con un mismo arrendatario, debe darse en venta a su inquilino a precio justo y no especulativo. Esto se entiende, que no se aplica sobre la vivienda principal del propietario, si no, a viviendas que fueron construidas hace muchos años para renta o alquiler y cuyo costo, ha sido abundantemente pagado varias veces y con exceso. La mayoría de las viviendas que hoy se encuentran en estado de alquiler, en zonas como por ejemplo de la Avenida Presidente Medina (Victoria), Santa Mónica, Colinas de Bello Monte, Chacao, Los Rosales, Las Acacias etc. están en esa situación.

El término, "voy a comprar un terreno, casa o apartamento para engordarlo" es un concepto que lleva implícito lo especulativo. En nuestros días hemos visto como los diablos de la especulación se desataron frenéticamente impregnados de usura, de codicia, porque el Gobierno Nacional y Regional (Alcaldía Mayor) abordaron la búsqueda de soluciones al problema habitacional en el mercado secundario.
No hay duda que es una posición audaz, pero también es una posición ética del Gobierno, una respuesta a un compromiso con su pueblo, identificada con el socialismo del siglo 21, porque democratizar la propiedad, bien sea en el campo o la ciudad, "socializando la vivienda", y entendiendo por socialización la transferencia a la colectividad de bienes económicos de propiedad particular excedentarios, destinados por sus propietarios a fines agiotistas y de ganancias especulativas, no hay duda que, ¡Son pasos concretos del socialismo del siglo 21!. ¡Así es que se gobierna!

martes, 13 de febrero de 2007

CON LA PARTICIPACIÓN DE 200 INQUILINOS Y VOCEROS SE REALIZO ASAMBLEA DE LA RED METROPOLITANA DE INQUILINOS

Este lunes 12 de febrero de 2007, con una asistencia 200 inquilinos y voceros de edificios, se realizó la asamblea correspondiente, en la cual hubieron intervenciones substanciales de los inquilinos asistentes, de igual manera los voceros de la Red Metropolitana de Inquilino dieron informaciones muy importantes del trabajo que se esta realizando a nivel de los entes relacionados como fueron:

  1. Lectura completa del documento de registro de la Red Metropolitana de Inquilino el cual le dará personalidad Jurídica a nuestra organización.

  2. Exposición por el Sr. José Monsalve Cáceres del Artículo publicado en el semanarioTEMAS VENEZUELA EL 7 Y 21 DE ABRIL 2006, el cual aborda nuestra problemática actual, incluyendo propuestas para los cálculos del justiprecio de los edificios en los cuales vivimos, publicado por este medio el artículo que tiene como titulo “La socialización de la vivienda”.

  3. Se dio lectura al documento que el día Jueves 8 de Febrero de 2007, fuera expuesto por una delegación representativa de la RED METROPOLITANA DE INQUILINO en la ASAMBLEA NACIONAL, el cual abriga el sentir de los inquilinos; después que el diputado por el Distrito Capital Juan Carlos Dugarte solicitara derecho de palabra sobre nuestra problemática y en el debate se permitiera la intervención de nuestro representante.

domingo, 11 de febrero de 2007

Asamblea: Para este Lunes 12 de febrero de 2007

CONVOCATORIA
RED METROPOLITANA DE INQUILINOS
A INQUILINOS METROPOLITANOS

LUGAR: Universidad Bolivariana de Venezuela (U.B.V.) Los Chaguaramos - Piso 9°
HORA: 5:00 pm


Por el derecho a tener una vivienda digna.
La Vivienda es de quien la habita
"LA NATURALEZA CREA DAMNIFICADOS, LOS DESALOJOS TAMBIEN"
Recuerda si fracasamos iremos al Desalojo, Lucha por lo tuyo.

sábado, 10 de febrero de 2007

RED METROPOLITANA DE INQUILINOS EN LA ASAMBLEA NACIONAL CON DERECHO DE PALABRA

A continuación el documentó leído, por Maglene Sierraalta una integrante de la comisión de la RED METROPOLITANA DE INQUILINO que fue recibida en la ASAMBLEA NACIONAL el día Jueves 8 de Febrero de 2007.

Documento:

La Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular agradece la oportunidad brindada para expresarse ante esta Asamblea.

Nosotros, Inquilinos de la Zona Metropolitana de Caracas, sentimos y tenemos la necesidad de denunciar, ante esta Asamblea Nacional, la serie de arbitrariedades que sufrimos a efecto de la promulgación de la muy Neoliberal Ley de Arrendamientos Inmobiliarios publicada en la Gaceta Oficial 36.845 del 7 de diciembre de 1999.

A través de esta ley se nos violan nuestros derechos a tener la paz y tranquilidad para nuestras familias en el hábitat que hemos pagado y requetepagado durante 10, 20, 30, 40, 50 años. Esta ley le otorga a los propietarios Derechos propios del Mercado Capitalista y globalizado: el derecho a vivir sometido a las leyes de la Oferta y Demanda. Ellos pueden vender los edificios que habitamos al precio del mercado que ellos mismos imponen y dominan.

Son parte de un mercado neoliberal apoyado en los medios de comunicación, concretamente la prensa local, como es el caso de diarios capitalinos que se han dedicado durante años a promocionar y crear, consuetudinariamente, una "burbuja inflacionaria" en los precios de la vivienda y la tierra urbana.

Recientemente sus periodistas escriben sobre repuntes en los precios de los inmuebles, como efectos de la presión cambiaria, cuando es bien sabido que el dólar continúa en Bs. 2.150 y la inflación apenas llegó a 16,98%. Sin embargo, ellos hablan de aumentar 20% más el precio de nuestras viviendas.

Por otra parte, en Venezuela nuestra Constitución Bolivariana, la cual apoyamos con nuestro voto, nos consagra el Derecho a una vivienda digna. Nos garantiza que el Estado nos dará prioridad a las familias; y sobre todo nos garantiza los medios para la obtención de una vivienda.

Esto último lo queremos remarcar, porque nosotros, aproximadamente quince mil setecientos ochenta (15.780) familias Inquilinas de la zona Metropolitana de Caracas, integradas por 51.285 personas en 1.052 edificios (cifras estimadas por esta Red) hemos seguido ciegamente, durante un año, el proyecto "Dotación de Viviendas para las Familias que habitan en condición de Arrendatarios en inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas", Acuerdo N° 13-2006, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Metropolitano de Caracas N° 0050 Extraordinaria del 23 de febrero de 2006, proyecto cuya base legal es la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social (2002)..

Este proyecto nació para ayudar a las familias inquilinas, las cuales estaban y están siendo desalojadas en masa. Desalojos ilegales a quienes vivimos alquilados bajo contratos por tiempo indeterminado, cuando injustamente nos aplican "Resoluciones de Contrato" con los posteriores secuestros y desalojos. El próximo veintitrés de febrero dicho proyecto cumplirá un año y aún no existe ninguna definición sobre sus resultados. Las familias inquilinas no tenemos una respuesta acorde con lo que se espera según pauta la Ley. Sólo se escucha el lamento, por parte de la Procuraduría Metropolitana: "NO HAY RECURSOS PARA FINANCIAR LAS EXPROPIACIONES".

La Alcaldía Metropolitana del Distrito Capital y el Cabildo Metropolitano debieron haber tomado las precauciones ante las pautas que marca la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social (2002), especialmente en su Artículo 7.4 donde se establece "Pago Oportuno" para poder concretar la Expropiación.

Además, han debido verificar si tenían los Recursos Financieros para concretar el proyecto de expropiación. Comprobar con la debida antelación si los recursos estaban dentro del Presupuesto de la Alcaldía Metropolitana para honrar las mismas. Justificar ante el Ejecutivo Nacional y contar con su anuencia.

Embarcar a 15.780 familias venezolanas en un proyecto inexistente, sin recursos financieros, sin la anuencia del Ejecutivo Nacional se podría calificar como lapidario.

¿Por qué nos atrevemos a afirmarlo? Porque a pesar de todas las estrategias que hemos utilizado, para llamar la atención al Ejecutivo Nacional desde la Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular, no hemos recibido respuestas y en la Alcaldía Metropolitana sólo se nos dice: "No tenemos los recursos financieros".

Hemos entregado al Señor Diputado Juan Carlos Dugarte una hemeroteca en la cual se narran, históricamente y a través de la prensa nacional, todas las promesas dadas a las familias inquilinas para estimular nuestra adhesión al proyecto antes señalado.

Ahora, ¿Dónde estamos hoy en día las familias inquilinas que entramos, confiados y ciegos, en el proyecto de la Alcaldía Metropolitana?

Confiados en dirigentes que nos lanzaron una "tabla de salvación invisible" ante el acoso, amenazas y coacción para que se acepten ventas ilegales (se venden edificios que aún no poseen la habitabilidad de Propiedad Horizontal, entre otros, se le exige al inquilino montos de 20 millones y más para reservar y cuotas mensuales de 6 millones de bolívares), ventas verbales que ofertan administradoras y propietarios, traspasos de cien millones de bolívares. Nuevos contratos a precios de alquiler que sobrepasan el millón de bolívares mensual, con los correspondientes arreglos notariales. Hoy en día, estamos metidos en un embrollo mayúsculo.

Un año después, se han vencido y seguirán venciendo las Resoluciones de Contratos; nó encontramos vivienda donde ir y los propietarios sólo osan decirnos "podeis iros a vivir bajo un puente".

Por todo esto, nosotros, como voceros de la Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular, solicitamos y proponemos a esta Asamblea Nacional:

En vista que:

  • La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (1999), ya antes identificada y vigente no ha cumplido con los objetivos plasmados en la Exposición de Motivos de restablecer "la seguridad jurídica necesaria para las partes intervinientes", "estimular la participación de la inversión privada nacional y extranjera en la construcción masiva de desarrollos inmobiliarios para ser destinados al arrendamiento".
  • Que esta Ley está enmarcada en un modelo Neoliberal, de Mercado globalizado y capitalista. Nó en el modelo Socialista que todos promulgamos y aspiramos dentro del marco de la Revolución Bolivariana de Venezuela.
  • Que como es sabido, en Venezuela, se ha acentuado la problemática habitacional como efecto de nuestro crecimiento poblacional.
  • Que nuestros ingresos familiares no nos permiten aceptar los irracionales precios que ofertan los propietarios por sus edificios vetustos y deteriorados porque no le dan mantenimiento bajo la excusa de alquileres bajos.
  • Que el alquiler de la vivienda es un Artículo de Primera Necesidad y así ha sido decretado por nuestro Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, nuestro maestro.
  • Que ante el incremento de amenazas y concreciones de desalojos inmobiliarios, resoluciones de contratos.
  • Que la salud mental y familiar de las 15.780 familias inquilinas embarcadas en el Proyecto "Dotación de Viviendas para las Familias que habitan en condición de Arrendatarios en inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas" dependen del mismo.

Proponemos con carácter de urgencia se nos otorgue:

  • Protección Inquilinaria ante los atropellos del libre mercado neoliberal y globalizado en la venta y precios de apartamentos de los edificios viejos (cuya cédula de habitabilidad sean anterior al 2 de enero de 1987).
  • Fijación del Justiprecio de esos inmuebles vetustos por parte del Ejecutivo Nacional, tomando en cuenta la Depreciación y dejando a un lado el valor agregado de obras realizadas por el Estado.
  • Evaluación de la vigente Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (1999) y se analice la connotación social en el fondo de la misma y el daño que ha ocasionado a los venezolanos al ser una Ley con fondo neoliberal capitalista, contradictoria con nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y nuestro sentir revolucionario socialista.
  • Inamovilidad Inquilinaria y/o el Desalojo Cero durante el período necesario para implementar una nueva Ley de Arrendamientos justa y equitativa, Socialista, que proteja a las familias venezolanascialista.
  • Protección e intermediación financiera a todos los edificios que están y serán afectados por prensa y que forman parte del proyecto "Dotación de Viviendas para las Familias que habitan en condición de Arrendatarios en inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas", apegados al Artículo 82 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), cito: ..."EI Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas".

Petición que se hace para que nosotros, familias inquilinas venezolanas podamos comprar y pagar al Estado venezolano las viviendas donde habitamos desde hace más de 10, 20, 30, 40, 50 años y dejemos de ser esclavos de un solo amo y así logremos la ¡Libertad! y dejemos de ser subyugados por el Desalojo y los Propietarios.

Desde la Red Metropolitana de Inquilinos Poder Popular les damos las gracias por la atención y todo lo que puedan hacer por los inquilinos de toda Venezuela y en especial de la Zona Metropolitana de Caracas.

jueves, 8 de febrero de 2007

ASAMBLEA NACIONAL BUSCA MEDIDAS PARA PROTEGER A INQUILINOS ANTE ALZA DE MERCADO INMOBILIARIO

Caracas, 08 Feb. ABN.- La Asamblea Nacional debatió este jueves sobre las medidas que podrían proponerse para proteger a los inquilinos ante el alza de precios en el mercado inmobiliario.

El diputado por el Distrito Capital Juan Carlos Dugarte solicitó un derecho de palabra para proponer que se designe una comisión especial del Poder Legislativo que proponga al Ejecutivo, en el marco de la Ley Habilitante, que dicte un decreto que contenga medidas de protección a inquilinos de inmuebles.

Durante el debate, una representante de la Red Metropolitana de Inquilinos, Marlene Peralta, denunció una serie de irregularidades que han sufrido desde la promulgación, en 1999, de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, la cual, indicó, 'se encuentra enmarcada en un modelo neoliberal y que viola el derecho a la vivienda convirtiéndola en un negocio'.

En su intervención, la representante de la Red Metropolitana de Inquilinos propuso, con carácter de urgencia, se otorgue protección inquilinaria, se aplique una fijación de precios a los inmuebles y se realice una evaluación de la vigente Ley de Arrendamiento Inmobiliario.

La plenaria designó una comisión especial que investigará las denuncias formuladas por la Red Metropolitana de Inquilinos...

Comisión especial de la ASAMBLEA NACIONAL investigará desalojos e incremento exorbitante de alquileres
Por: Sandra Ayala y Enrique Hernández / AN

La plenaria designó una comisión especial que investigará las denuncias formuladas por la Red Metropolitana de Inquilinos, y del diputado Juan Carlos Dugarte, sobre los presuntos desalojos ilegales, e incrementos exorbitantes de alquileres por parte de los dueños de viviendas multifamiliares.

El diputado Juan Carlos Dugarte (Distrito Capital), en un derecho de palabra, planteó la problemática de inquilinato debido a la existencia de una legislación que regula unas relaciones leoninas entre arrendadores y arrendatarios, en las que el inquilino no cuenta con aluna protección jurídica contra los abusos, atropellos, explotación y trato discriminatorio a que son sometidos por los propietarios y administradores de viviendas alquiladas.

Considera que la Asamblea Nacional tiene la obligación moral y legal de asumir el problema y, por ende, arbitrar fórmulas que permitan en el corto plazo proteger al débil jurídico, como lo es el inquilino en todo el país.


El problema de la vivienda no es solamente de los que habitan en los barrios, sino de toda la colectividad que no posee techo propio y tiene que acudir al alquiler de viviendas.

Expresó que en el artículo 82 de la Constitución se establece que la vivienda es una de las prioridades de los ciudadanos (as), un espacio vital para su desarrollo, por ello lo referente a la Ley de Inquilinato debe ser una prioridad del Parlamento al considerar que la misma está desfasada de la Carta Magna.

Propone que la AN adelante la revisión de la Ley de Arrendamiento y se proteja a los ciudadanos que en esta situación son los afectados y que llevan hasta 50 años habitando en esas viviendas.

La plenaria concedió un derecho de palabra a Marlene Sierralta, de la Red Metropolitana de Inquilinos, quien denunció ante la AN las arbitrariedades que se están cometiendo contra los inquilinos al imponer caprichosamente el precio de los apartamentos, cuando la Constitución les garantiza tanto viviendas dignas, así como los derechos para adquirirlas.

Ante el desalojo en masa de inquilinos de edificios, la Alcaldía Metropolitana dictó una ordenanza donde se procede a la expropiación por causa de utilidad pública de varios edificios para asignarlas a las familias que viven alquiladas en los mismos.

Asimismo, considera que la actual Ley de Inquilinato no permite el acceso a una vivienda digna a sus actuales moradores, debido a la presión de sus propietarios.

Propone protección inquilinaria ante el atropello en la venta de apartamentos de edificios viejos, fijación de nuevos precios de esos apartamentos, detención de los desalojos de las familias que habitan como arrendatarios y la revisión de la Ley de Inquilinato.

La diputada Gabriela Ramírez (CMP/Miranda) señaló que el problema de inquilinato proviene de los tribunales, agregando que 25 casos de ese tipo 20 de ellos caen en manos de la misma jueza y casi en la totalidad de ellos se ordena el desalojo.

Al preguntarse dónde está la justicia, expresó que es necesaria la reforma inmediata de los artículos 33 y 35 de la Ley de Arrendamiento porque en ellos está la esencia de los atropellos que se cometen en los desalojos.

Adel El Zabayar (Bolívar) expresó que existe una mafia económica donde están involucrados no solamente los propietarios, constructores, venta de materiales, sino los tribunales que son los encargados de ejecutar los desalojos.

Considera que debe haber una claridad del Estado frente al problema del inquilinato, donde la venta de materiales hecha de forma ficticia provoca el alza de los alquileres, problema que deben asumirlo las autoridades para responder a las inquietudes del pueblo, y deben establecerse severas sanciones a los culpables.

La diputada Laura Valls (PPT/Carabobo) manifestó que la continua violación de las leyes es la principal causa de la problemática de los inquilinatos, por ello propone que el tema sea pasado a la Subcomisión de Vivienda de la Comisión de Administración y Servicios Públicos, donde se viene estudiando lo concerniente a los alquileres de apartamentos.

La diputada Laura Valls (PPT/Carabobo) manifestó que la continua violación de las leyes es la principal causa de la problemática de los inquilinatos, por ello propone que el tema sea pasado a la Subcomisión de Vivienda de la Comisión de Administración y Servicios Públicos, donde se viene estudiando lo concerniente a los alquileres de apartamentos.

La primera vicepresidenta Desirée Santos Amaral propuso la designación de una comisión especial integrada por los parlamentarios que conformaron la comisión para investigar los desalojos, presidida por Gabriela Ramírez, a la cual se incorporen: el presidente de la Subcomisión de Vivienda, el presidente de la Subcomisión de Derechos Humanos y los diputados (as) que deseen participar.

Prensa AN/8/2/2007

miércoles, 7 de febrero de 2007

AN DEBATIRÁ ESTE JUEVES PROBLEMÁTICA HABITACIONAL

La Asamblea Nacional (AN) iniciará este jueves un debate sobre la problemática habitacional, especialmente en la zona metropolitana, en el cual solicitarán una reforma a la Ley de Inquilinato y acabar con los abusos de traspasos millonarios de apartamentos.

El planteamiento fue hecho por el diputado a la AN por Caracas, Juan Carlos Dugarte, quien expresó que a petición de la Red Metropolitana de Inquilinos (RMI) están analizando la escasez y alto costo de las viviendas, a fin de presentar algunas soluciones.
Dijo que la Alcaldía Mayor hizo algunos anuncios en esa área sobre expropiaciones para hacer justicia con personas que llevan 40 y 50 años pagando un alquiler.
Dijo que la RMI está planteando una reforma de dos artículos de la vieja Ley de Inquilinato para adaptarla a la realidad del país.
"Yo voy a plantear durante mi intervención en cámara plena que se abra una averiguación y se nombre una comisión especial para que se aboque al estudio de esta problemática", afirmó el diputado.
En relación con los propietarios de inmuebles que se dedican a las ventas y alquileres fraudulentos por encima de su valor real, resaltó que todas esas personas tienen que ser investigadas por especuladores.
Advirtió que si hay otra ley que tengan que evaluar, lo harán. "El diputado Darío Vivas acaba de denunciar que están cobrando en dólares algunos alquileres y estableciendo traspasos millonarios que están prohibidos por ley", indicó.
Precisó que, con relación a este punto, hay personas que piden por traspaso de un apartamento hasta 80 y 90 millones de bolívares, donde el canon de arrendamiento es sumamente bajo.
"Estas cosas tenemos que acabarlas", afirmó el asambleísta por la región capital.
Cadena Global/ABN

PRESIDENTE DE LA CÁMARA INMOBILIARIA DEBERÁ COMPARECER EN LA ASAMBLEA NACIONAL

El Universal 07/02/07 Caracas.- El presidente de la Cámara Inmobiliaria, Luis Emilio Vega, será citado por la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional (AN) para el miércoles 14 de febrero, a fin de que el funcionario explique las razones por las cuales anunció, a través de medios de comunicación social, el incremento en 20% de las transacciones de este sector.
Así lo anunció el presidente de la comisión legislativa, Ricardo Sanguino, durante su sesión ordinaria de hoy, informó ABN.

Por otra parte, la AN iniciará mañana un debate sobre la problemática habitacional, especialmente en la zona metropolitana, en el cual solicitarán una reforma a la Ley de Inquilinato y acabar con los abusos de traspasos millonarios de apartamentos.

El planteamiento fue hecho por el diputado a la Asamblea Nacional por Caracas, Juan Carlos Dugarte, quien expresó que a petición de la Red Metropolitana de Inquilinos (RMI) están analizando la escasez y alto costo de las viviendas, a fin de presentar algunas soluciones.

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