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sábado, 26 de mayo de 2012

Superintendencia Nacional Arrendamiento de Vivienda SUNAVI: Denuncia

Superintendencia de Vivienda SUNAVI, organismo nuevo pero con estructura del siglo pasado

Autor:
Fecha de publicación:

Fuente: http://www.aporrea.org/actualidad/a144377.html

SUNAVI, organismo creado en 2011, para solucionar el delicado problema de arrendamiento de vivienda en Venezuela, no ha asumido todavía la función de una organización moderna para resolver los problemas de los inquilinos y propietarios. Esto se evidencia en las constantes quejas de los usuarios sobre: los procedimientos son muy largos; no hay plataforma tecnológica en atención al cliente, los registros son a mano, en cuadernos y planillas; no hay sensibilización en la Atención al Usuario, al parecer nadie ve las largas colas ni oye las quejas de los usuarios. En resumen: Se comporta como un Instituto del siglo pasado, lo cual podrán verificar a través de la narración de mi experiencia:

Desde hace “un año” introduje la solicitud para un procedimiento Administrativo, en el área encargada, ahora denominada “Decreto”. SUNAVI, originalmente funcionaba en la Sede de Vivienda y Hábitat, Chacao y desde Febrero 2012, esta en la sede del BANAVIH, Las Mercedes, Distrito Capital.

El usuario interesado debe realizar los siguientes pasos:

1. Introducir un procedimiento Administrativo y debe esperar 5 meses para ser evaluado y admitido, luego el usuario debe esperar dos meses mas, para que el Alguacil realice las convocatorias a los usuarios para la audiencia conciliatoria.

2. Ahora si alguno de los participantes no tiene abogado, debe esperar tres meses mas, para que SUNAVI solicite el defensor publico, y al parecer hay que ir a la Defensoría a aligerar que el Defensor sea designado.

3. EL usuario debe acudir SUNAVI cada 15 días, para conocer el status de su caso, y desde que esta en la sede de las Mercedes, debe realizar el siguiente Vía Crucis:

· Hacer una larga cola (media hora, 1 hora), con sol o lluvia, solo para llegar al mesón de Información, donde los funcionarios (3) organizan al usuario según el tipo de diligencia (Decreto, Asesoría, regulación, entre otras).

· En la sala de espera, afuera del edificio, los usuarios deben esperar 3, 4 ó 5 horas, para ser atendidos. Solo para oír: “vuelva en 15 días”.

Deficiencias que presenta SUNAVI:

1. Falta de supervisión: un supervisor debe hacer seguimiento de la eficiencia en la solución de los casos presentados y determinar si hay negligencia o hace falta más personal.

2. Preparación en Atención al publico a todas las personas que atienden, desde el vigilante los recepcionistas, los funcionarios, y sensibilizarlos ante las largas colas.

3. Incorporar plataforma tecnológica, urgente, si el empleado que atiende en Decreto llevara el seguimiento en una base de datos y la actualiza, se la entregara a los recepcionistas, estos darían el status al usuario, y todos ganarían tiempo. (Por supuesto mientras se diseña un sistema tecnológico integral).

Ojala alguien pueda ayudar a modernizar este Organismo para que desempeñe la importante función para lo cual fue creado y que sea un ejemplo de eficiencia como lo han logrado otros Organismos publico que, con estructura vieja funcionan eficientemente.



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Fecha de publicación:

Fuente: http://www.aporrea.org/actualidad/a144377.html

5 comentarios:

adonisa52 dijo...

hanque debo hacer para conseguir la cita para llevar los papeles del arrendamiento de vivienda, vivo alquilada

WEB DE INQUILINOS - No al DESALOJO dijo...

Si es el registro de Inquilino como esta el la Ley lo puede hacer por la pagina del MPPVH. sección sunavi.

WEB DE INQUILINOS - No al DESALOJO dijo...

Si es el registro de Inquilino como esta el la Ley lo puede hacer por la pagina del MPPVH. sección sunavi.

Anabela Zingg dijo...

Buen dìa, les recomiendo un maravilloso libro titulado "MANUAL DEL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA" del Dr. Fernando Pantin, donde pude despejar muchas dudas sobre el tema. Se puede comprar por Amazon.

eduardo carela dijo...

buenas tardes vivo en una pension que el dueño fallecio y quedo fue una señora engargada pero no tiene documentos de propiedad solo tiene a su nombre el fondo de comercio esytamos obligados a pagarle el inmueble ????'

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