EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

jueves, 22 de mayo de 2014

7 mil edificios serán vendidos a sus inquilinos - Justicia Social en Revolución ►


7 mil edificios serán vendidos a sus inquilinos
 Sunavi se reunió con el Servicio de Registro a
fin de agilizar la autenticación de los documentos

Siete mil edificios de vieja data que están bajo la condición de arrendamiento en el país, deben ser vendidos a sus inquilinos conforme a lo establecido en la providencia administrativa que fue publicada en la Gaceta Oficial N°40.382, donde se establecen los procedimientos para que los multiarrendadores vendan los inmuebles.

Eleusis Borrego, director del despacho de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (Sunavi), informó que de estos siete mil contabilizados por su despacho, hasta ahora se ha presentado 40% en la institución para el cálculo de los precios y así iniciar el proceso de compra-venta.

“Hacemos un llamado a los propietarios de edificios de vieja data para que vengan, normalicen su situación y oferten sus inmuebles”, señaló.

25 MIL APARTAMENTOS EN CARACAS

La normativa permite que las personas que habitan en apartamentos alquilados desde hace más de 20 años puedan adquirir sus inmuebles a precios justos.

Asimismo establece que el proceso de ofertar la venta de los edificios deberá iniciarse en un lapso de 60 días hábiles, contados desde el pasado 28 de marzo de 2014, y que el próximo 26 de junio vence el plazo para estos propietarios.

En el Área Metropolitana, la mayoría de estas viviendas se concentran en los municipios Libertador, Baruta y Chacao.

La norma está dirigida únicamente a los propietarios de edificios en calidad de multiarrendadores.

Vale mencionar que, de acuerdo a la Ley para la Regularización y Control de Arrendamiento de Vivienda, un multiarrendador es la persona que tiene más de tres inmuebles en alquiler.

FIJACIÓN DE PRECIOS

Borrego explicó que la fijación de los precios la hace la Sunavi de acuerdo con una metodología científica en la que se considera: la cantidad de metros cuadrados, altura del inmueble, instalaciones mecánicas, ascensor, bajantes de basura, sótano y estado de conservación.

“El valor es relativo, en función de las características reales que presenta el inmueble. Es un precio justo, que no va a fomentar la especulación y la plusvalía que se maneja en el mercado secundario, en donde fijan los precios de acuerdo a si está ubicado cerca del metro o de un supermercado, tomando como referencia un dólar paralelo, como una teoría capitalista”, dijo.

Para la fijación de precios de las viviendas, los propietarios acuden con la respectiva documentación a la institución, para incorporarse en el Registro Nacional de Arrendamiento de Viviendas, y al día siguiente se le entrega el justo valor del inmueble.

Borrego manifestó que la mayoría de las compras de inmuebles se realizan a través de las carteras de los operadores financieros con los recursos provenientes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV).

Sin embargo, indicó que hay grupos familiares que cancelan de contado, de acuerdo a sus años de ahorros.

VENTA SIN PROPIEDAD HORIZONTAL

Para poner en venta los edificios es necesario que estén bajo la figura de propiedad horizontal.
El funcionario indicó que para agilizar el proceso, los registros públicos están en la obligación de tramitar la compra-venta de edificios que no cuenten con el requisito.

“Los registros tienen la obligación de autenticar los escritos sin los documentos que pide la Ley de Propiedad Horizontal, dándoles un lapso de un año para entregar la documentación; si vencido ese tiempo no lo han entregado al registro, hay una prórroga de un año más a los fines de que puedan hacer toda la tramitación”, explicó.

En este sentido, señaló que han desarrollado varias reuniones con las autoridades del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) a los fines de que todos los registros del país manejen la información y faciliten los trámites.

La octava disposición transitoria de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda dispone que los requisitos para otorgar la propiedad horizontal deben flexibilizarse en los registros.

TECHO PARA TODOS

Los dueños del Edf. Viloria, en Sabana Grande, ya iniciaron el proceso de venta.
Jorge Tajan, representante de un multiarrendador, del edificio Viloria, ubicado en Sabana Grande, indicó que, de acuerdo con la normativa de la Sunavi, están ofertando los apartamentos a los inquilinos en 375 mil bolívares. 

El edificio fue construido en el año 1953 y consta de 56 apartamentos.

“Ya estamos tramitando el proceso de compra-venta en mutuo acuerdo con los inquilinos, para así evitar sanciones. Mis clientes decidieron vender al precio de la regulación, beneficiando así a familias de bajos recursos”, dijo.

Douglas Acevedo, habitante del edificio San Biaggio, en la avenida Victoria de Caracas, tenía 25 años viviendo alquilado y efectuó la compra de su apartamento a través de un crédito hipotecario del Banco de Venezuela.

Destacó que la institución financiera estatal asumió el crédito por el costo total del edificio, el cual consta de 18 apartamentos. Para determinar la cuota a cancelar por cada familia, realizó un estudio socioeconómico.

En el caso de Acevedo, el valor del apartamento fue de 64 mil bolívares y paga mensualmente 400 bolívares, además de que goza de un año de gracia.

“Lo mejor que ha hecho el Gobierno con la clase media es que las personas que vivan alquiladas puedan tener su techo propio. Se nos garantizó la vivienda gracias a la Revolución Bolivariana, sin ningún factor político, con total inclusión”, expresó.

Por su parte, Emperatriz Morales, de 68 años de edad, habitante del edificio Iche, en la avenida Roosevelt, tiene 18 años alquilada y ya está en el proceso de compra-venta del inmueble. El trámite lo está realizando a través del Banco Bicentenario y al apartamento de tres habitaciones, dos baños, sala-comedor y cocina se le fijó un valor de 165 mil bolívares.
Actualmente cancela 375 bolívares mensuales de alquiler
.
Explicó que los créditos hipotecarios son manejados a través de la banca pública, con tasas de interés social, 25 años para pagar y subsidio directo habitacional.

“Nosotras, las personas de la clase media, tenemos, gracias al Gobierno, la oportunidad de comprar un techo a precio justo. No tuvimos trabas por ser de la tercera edad”, destacó.

APOYO AL DECRETO

El apartamento de Riger Sergent tiene un valor de venta de 260 mil bolívares.

Sergent explicó que todos los inquilinos están interesados en tenersu techo propio, acorde a las necesidades socioeconómicas de las familias. “No queremos nada regalado, lo queremos a un precio justo”, dijo.

La administradora les indicó que, para que comiencen las negociaciones, están de acuerdo con los precios.

“El Estado deber regular el mercado secundario inmobiliario, ajustado a las necesidades de cada ciudadano”, dijo. Sostuvo que el valor justo de los inmuebles, fijado por la Sunavi, permitirá “sincerar los precios”.

Asimismo indicó que el decreto acompaña la política de la Gran Misión Vivienda Venezuela.

Multas

Si el 26 de junio, los multiarrendadores no han hecho el ofrecimiento de la opción de compra-venta de los apartamentos, los inquilinos pueden acudir a la Sunavi para denunciar a los propietarios.

“Vamos a tomar esas denuncias y los procedimientos administrativos a los fines de determinar e imponer las sanciones”, señaló Eleusis Borrego, director del despacho de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (Sunavi).


Asimismo sostuvo que el Estado venezolano no quiere sancionar a ningún propietario, pero si no acatan la medida será “necesario que les caiga el peso de la ley”.


La normativa establece que el arrendador que no dé cumplimiento a lo establecido, será multado con dos mil Unidades Tributarias (UT), 254 mil bolívares, por cada vivienda que no ofrezca para la venta.

Deberá cancelar la multa en un lapso de cinco días hábiles, una vez se determine el incumplimiento de la normativa legal.


En el caso que no cancele la multa, se le considerará reincidente y se le doblará el valor.

F/Ciudad CCS

Juntos con el Pueblo Defendiendo el Legado de Nuestro Comandante Chávez

  Gracias Presidente Nicolas Maduro

domingo, 4 de mayo de 2014

25 mil Inquilinos podrán comprar su techo #MayoProductivoConMaduro ►

Prensa UN.- La resolución de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (Sunavi) del pasado 28 de marzo de 2014, que ordena a los propietarios de edificios de larga data, con más de 20 años dedicados al alquiler de apartamentos formalizar la oferta de venta a sus inquilinos, movilizó a las partes involucradas.

Por una parte, los colectivos y redes de inquilinos celebran la medida, pues apuestan a que esta vez sí se debe cumplir la ley a cabalidad. “Porque los propietarios no nos estaban parando”, apunta Maglene Sierraalta, de la Asociación de Inquilinos Bolivarianos.

Para estas organizaciones, el hecho de que los dueños acepten el acuerdo de venta constituye un punto de honor a una lucha en la que llevan desde 2006. “Esto es justicia social. La mayoría de los inquilinos son de la tercera edad, muchos hijos de inmigrantes. Hemos hecho una vida con nuestros padres e hijos pagando alquiler desde hace 40 años y más”, cuenta Douglas Acevedo, quien logró comprar su apartamento en el edificio San Biaggio.

“Esto es justicia social, gracias al presidente Chávez. Mi apartamento me costó 67 mil bolívares. A otros les salió un poco más caro porque son más grandes o por estudio socio-económico. A una señora aquí en el edificio le salió gratis, lo pagó un banco del Estado, porque ella es sola y de edad avanzada”.

La medida beneficiará a 25 mil inquilinos que habitan en edificios de vieja data, según registros de las organizaciones de inquilinos.

Los gremios inmobiliarios, representantes de dueños de edificios y de compañías que administran los arriendos que se cobran a apartamentos ubicados en edificios viejos -la mayoría construidos en las décadas de los años 50, 60 y 70-, fustigan la resolución.

La Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), apenas se publicó la resolución, introdujo un recurso de nulidad ante los Tribunales Superiores Contenciosos de Caracas. “Esto es un atentado más contra la propiedad privada, no se puede obligar a vender”, señaló (el opositor de derecha) Aquiles Martini, presidente del gremio.

La Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), que además administra varios de los edificios que serán objeto de la medida, se opone a la resolución en el mismo orden de la CIV, e insiste en que los avalúos que se hacen de las edificaciones están muy por debajo del mercado. “El Estado no debe ponerle precio a la propiedad privada”, sostiene Roberto Orta (opositor de derecha), representante de Apiur.

Los gremios también se oponen a la metodología de avalúo que aplica la Sunavi para determinar el precio final de los inmuebles, pues aducen que con esta fórmula no se toma en cuenta la ubicación y la zona donde están los edificios.

Empezó a correr el lapso. Lo concreto, en este momento, es que el plazo de sesenta días que prevé la resolución para que los propietarios hagan la oferta de compraventa empezó a correr desde que se publicó la medida que vence a finales de mayo.

Según la resolución, en ese plazo el propietario deberá formalizar la oferta de compraventa; en caso contrario, de no cumplir con este paso, se le aplicará una multa de 2 mil unidades tributarias (UT), que equivale a 250 mil bolívares (una cifra equivalente al precio máximo de un apartamento de vieja data, de 70 metros, tres habitaciones , según la fórmula de avalúo que aplica la Sunavi).

Debido a que esta resolución es una derivación de la disposición transitoria quinta de la Ley para la Regulación y Control de Arrendamiento de Vivienda, promulgada en noviembre de 2011, de no concretarse el acuerdo de compraventa al término de los 60 días, la ley prevé que las organizaciones sociales (en este caso, los colectivos y redes de inquilinos) podrán pedir al Ejecutivo que proceda a la expropiación del inmueble, pero voceros de los colectivos destacan que quieren llegar a acuerdos antes de pedir la expropiación. “Queremos comprar. No queremos nada regalado, aunque sabemos que aún con la expropiación el Estado le paga un justiprecio al dueño; pero no queremos recurrir a esa vía sin intentar acuerdos amigables”, resaltó Sergent.

Este vocero relató que, en los avalúos que se han realizado con base en la metodología para calcular el precio del inmueble, la cual toma en cuenta la depreciación (antigüedad, años de construcción), el tamaño del apartamento (metraje) y el mantenimiento (condiciones de la infraestructura, servicios de luz, agua), el valor máximo de un apartamento de larga data es de 250 mil bolívares.

Los censos que llevan los colectivos indican que de las 25 mil familias que habitan edificios viejos, 85% de los responsables del arriendo son mayores de 55 años de edad.

Ante esta realidad, se llegó a un acuerdo con la banca pública encargada de otorgar los créditos hipotecarios -los cuales tienen una vigencia de entre 25 y 30 años para cancelar la hipoteca-, de suscribir un seguro de vida retornable en caso de fallecimiento del beneficiario del crédito. “Pero también en la banca pública nos han indicado que son créditos heredables”, aclaró Maglene Sierraalta.

Otro acuerdo que están concretando colectivos de inquilinos con el Estado es que, en caso de que algún inquilino de los edificios viejos que se vendan en su totalidad no quiera comprar el apartamento, hay una propuesta de que la Inmobiliaria Nacional -estatal adscrita al Ministerio de Vivienda- compre el apartamento, y en el caso de que el ocupante decida mudarse, el Estado dispondrá de esta unidad, bien para el alquiler con opción a compra o para venderla.

Maglene Sierraalta resalta que algunas familias que habitan los edificios viejos y que llevan más de 40 años vivienda allí y tienen la capacidad de comprarlos de contado. “Hemos ahorrado, tenemos una buena jubilación o contamos con el apoyo de nuestros hijos y nietos, pero necesitamos que nos hagan la oferta. Todas las familias tienen la mejor disposición y posibilidad de pagar el crédito”.

Al tratarse de edificios con más de 30 años de construidos, y a muchos de los cuales se les ha aplicado la regulación, el alquiler que pagan en promedio ronda los 500 y 300 bolívares. En muchos de estos inmuebles los inquilinos asumen los gastos de mantenimiento, pagos de servicio de agua y luz. “En muchos casos las administradoras o los propietarios no quieren asumir ningún pago de servicios ni de mantenimiento”, apunta Sierraalta.

martes, 15 de abril de 2014

Asamblea Red Metropolitana de Inquilinos ► Estudiando Providencia 042 @SUNAVI_

El día 28 de marzo de 2014 las inquilinas y los inquilinos de Venezuela recibimos con gran beneplácito la publicación de la gaceta 40.382 donde está contenida por parte del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, la providencia 00042 de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento (SUNAVI), en donde se establecen la normas para que propietarios de edificios de vieja data dedicados al arrendamiento ofrezcan en venta los apartamentos a los inquilinos que los habitan.


En Nuestra Asamblea del lunes 14 de abril 2014 estudiamos y explicamos esta providencia dirigida a democratizar la propiedad de la vivienda con Justicia Social, cumpliendo en colectivo con el Legado del Comandante Hugo Chávez, como lo está haciendo nuestro Presidente Nicolás Maduro.

Solo en Revolución tendremos... ¡Justicia Social!

viernes, 4 de abril de 2014

COMUNICADO de los Inquilinos en apoyo a la Providencia 042 de SUNAVI y al Gobierno Revolucionario

COMUNICADO
Los inquilinos e inquilinas de Venezuela 
agradecidos con el gobierno revolucionario

El día 28 de marzo de 2014 las inquilinas y los inquilinos de Venezuela recibimos con gran beneplácito la publicación de la gaceta 40.382 donde esta contenida por parte del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, la providencia 00042 de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento (SUNAVI), en donde se establecen la normas para que propietarios de edificios de vieja data ofrezcan en venta los apartamentos a los inquilinos que los habitan.

Dicha providencia es el resultado de años de lucha por parte del movimiento inquilinario, proyecto que fue planteado desde la gestión del Ex Alcalde Juan Barreto y el cual nunca se pudo concretar, y gracias a nuestro amado Comandante y ahora a nuestro Presidente Nicolás Maduro, los cuales colocaron a una luchadora social al frente de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento (SUNAVI), la cual sabe escuchar y conoce las necesidades del pueblo, se materializo esta reivindicación, la cual quisimos plasmar en la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, pero en el calor del debate, quedo meramente enunciativa en la Disposición Transitoria Quinta, y ahora con esta providencia se establece su obligatoriedad.

Desde el mismo día que se publicó la gaceta, vemos como el grupo de la derecha más recalcitrante, expresada en los Orta Poleo, propietarios de APIUR salieron por CNN nuevamente queriendo destruir las esperanzas del pueblo humilde, el cual por no haber tenido los recursos durante los tiempos de la cuarta república de comprar una vivienda propia, tuvieron que pasar más de 40 años bajo la bota del explotador.

Desde ya muchas mentiras se han dicho de esta naciente providencia, la cual es el producto del trabajo de los movimientos sociales y la cual realizamos hace más de 5 meses junto a la SUNAVI; muestra tangible del gobierno obedeciendo al pueblo.

Esta providencia  está dirigida a democratizar la propiedad de la vivienda, atacando los monopolios inmobiliarios, pues va dirigida solo a edificios enteros con más de 20 años siendo alquilados, sector muy minoritario.

En Venezuela desde los años 70 no se han realizado edificios destinados al alquiler, en Caracas hay alrededor de 5000 edificios vetustos a punto de colapsar, los cuales no reciben ningún tipo de mantenimiento por parte de sus propietarios, y que los inquilinos han tenido que mantener, pero sin poder hacer reparaciones estructurales, pues son onerosas y a los banco no se les puede solicitar un crédito por refacción, ya que son edificios alquilados, de igual forma la propiedad de muchos de esos edificios se encuentra en entredicho, ya que administradoras se han quedado con ellos al fallecimiento de sus propietarios y no pueden venderlos, por carecer de la documentación de propiedad, así que esta providencia busca normalizar la situación de estos edificios.

La campaña mediática busca tergiversar el instrumento diciendo que todos los inmuebles alquilados con más de 20 años entran en dicha gaceta, cuando expresamente se dice que los pequeños propietarios no serán objeto de la misma, es decir una persona que vive del alquiler de uno o dos apartamentos o casas, no está obligada a cumplir la providencia.

La militancia de los movimientos de inquilinos de todo el país se manifestaron masivamente a través de las redes sociales dando su agradecimiento en primera instancia a nuestro Presidente Nicolás Maduro, al Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat Ricardo Molina y a nuestra Superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda Ana Marina Rodríguez, y desde los movimientos abajo firmante damos gracias infinitas, pues sabemos que desde donde este el Comandante Chávez estará sonriente, pues la primera vez que lo vimos en diciembre de 2010, dijo que se comprometía con la causa de los inquilinos; y su legado se mantiene hoy en día.

Así mismo la Red Metropolitana de Inquilinos participará en el Foro Social Urbano, Alternativo y Popular, en Medellín del 6 al 9 de abril comunicando a movimientos del mundo entero, como en Venezuela se construye la revolución y como el pueblo junto a su gobierno trabajan con el objetivo de lograr la suprema felicidad social.


Red Metropolitana de Inquilinos
Alianza Internacional de los Habitantes
Red de Inquilinos del estado Carabobo
Asociación Civil de Inquilinos Bolivarianos ASOCIB
Inquilinos del Hatillo

Inquilinos: Providencia 042 sobre venta de edificios de vieja data democratiza la propiedad

Caracas, 04 Abr. AVN.- Grupos de inquilinos pronunciaron su respaldo a la reciente providencia de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (Sunavi), que establece las normas para que propietarios de edificios con más de 20 años en alquiler ofrezcan en venta los apartamentos a los arrendadores que los habitan.

"Esta providencia está dirigida a democratizar la propiedad de la vivienda, atacando los monopolios inmobiliarios, pues va dirigida solo a edificios enteros con más de 20 años siendo alquilados, sector muy minoritario", señala un comunicado difundido por la Red Metropolitana de Inquilinos, la Alianza Internacional de los Habitantes, la Red de Inquilinos del estado Carabobo, la Asociación Civil de Inquilinos Bolivarianos (Asocib) e Inquilinos de El Hatillo.

Además, aclaran que los pequeños propietarios (que tienen uno o dos apartamentos arrendados) no tendrán la obligación de vender sus inmuebles alquilados, pues quedan fuera de la regulación.

De acuerdo con la Red de Inquilinos, en Caracas hay alrededor de 5.000 edificios vetustos "a punto de colapsar", que no reciben mantenimiento de sus propietarios y que tales gastos son asumidos por las familias alquiladas. Sin embargo, no pueden acometer reparaciones estructurales onerosas porque no obtienen apoyo crediticio debido a que son inmuebles alquilados.

Los arrendadores reciben la nueva normativa con beneplácito, pues la consideran como resultado de años de lucha del movimiento inquilinario y recordaron que nació tras más de cinco meses de trabajo entre los movimientos sociales y la Sunavi.

Asimismo, rechazan las declaraciones en contra que ha manifestado la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), pues pretenden "destruir las esperanzas del pueblo humilde, que por no haber tenido los recursos durante los tiempos de la Cuarta República para comprar una vivienda propia, tuvieron que pasar más de 40 años bajo la bota del explotador".

También ponen en entredicho la propiedad de algunas de las edificaciones, pues "administradoras se han quedado con ellas luego del fallecimiento de sus propietarios y no pueden venderlas por carecer de la documentación de propiedad, así que esta providencia busca normalizar la situación de estos edificios".

Antecedentes legales

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, vigente desde noviembre de 2011, estableció en su quinta disposición transitoria que quienes residan alquilados en edificios con más de 20 años tendrán el derecho a adquirirla, con excepción de los pequeños arrendadores.

La normativa justificó esta medida en el hecho de que el monopolio sobre la vivienda en alquiler es contrario al espíritu del instrumento legal, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública.

Dicha Ley fue la primera presentada ante la Asamblea Nacional (AN) por iniciativa popular y fue discutida en el Parlamento con distintos sectores.

La Sunavi publicó en la Gaceta Oficial 40.382, de fecha 28 de marzo de 2014, la providencia con las normas para hacer efectiva esa venta, y precisa que debe realizarse en un lapso máximo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la normativa.

De no cumplir, el propietario recibirá una multa de 2.000 unidades tributarias por cada vivienda, es decir, 254.000 bolívares. Si no paga, será considerado reincidente y se le doblará la cantidad. De persistir el incumplimiento, la Sunavi puede solicitar el embargo del inmueble.

Asimismo, la Superintendencia determinará el valor justo del inmueble para la venta, de acuerdo con una metodología nacida a partir de la Ley.

jueves, 3 de abril de 2014

La Providencia 00042 SUNAVI Es Justicia Social Construida con el Pueblo. Inquilinos Aplauden→

Gaceta N° 40.382 es Justicia Social de mano del Poder Popular.
Inquilinos agradecen a Nicolás Maduro
Gracias Presidente Nicolás Maduro
Gracias MINVIH
Gracias SUNAVI
Por hacer Justicia Social de mano del Poder Popular

Esta  Providencia establece las normas para que los propietarios y arrendadores de EDIFICIOS que tengan más de 20 años DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias  

 Para ver la Gaceta más grande o bajarla has clic aquí



En pocas palabra esta Providencia de SUNAVI publicada en la  gaceta oficial Gaceta N°40.382 del 28/3/2014 ratifica la obligación de venta del propietario al inquilino, contenida en la LRCAV del 12/11/2011 en su disposición transitoria Quinta.
La disposición transitoria quinta forma parte de los considerando de esta providencia


Ley para La Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (LRCAV)
Disposición Transitoria Quinta:

Por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre vivienda en alquiler, por considérense el arrendamiento de interés social colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios y arrendatarias que ocupen viviendas CONSTITUIDAS SOBRE EDIFICIOS QUE TENGAN 20 AÑOS O MÁS DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO, tendrán el derecho a adquirirla, EXCEPTUANDO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE DISPOSICIÓN A LOS PEQUEÑOS ARRENDATARIOS. A tal efecto el propietario o arrendador, procederá de acuerdo al capítulo relativo a la preferencia ofertiva, establecido en este instrumento legal, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presenta Ley.

Esta  Providencia establece las normas para que los propietarios y arrendadores —multiarrendadores—de edificios que tengan más de 20 años dedicados al arredramiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.  
 
Enfatizamos que la aplicación de la disposición transitoria quinta de la LRCAV y la de esta providencia,  es solo y únicamente para los EDFICIOS que están DEDICADOS AL ARREDAMIENTO con más de 20 año en esta condición, exceptuando a todos los pequeños propietarios. Tampoco aplica para ningún tipo de casas.
Para ver la Gaceta más grande o bajarla has clic aquí

martes, 1 de abril de 2014

Condenamos el Terrorismo: Grupos violentos incendiaron sede del Ministerio de Vivienda y Hábitat

Prensa Min. Vivienda
Caracas , 01 Abr. AVN.- La sede del Ministerio de Vivienda y Hábitat ubicada en Chacao, estado Miranda, fue incendiada este martes por grupos violentos que lanzaron varias bombas molotov y objetos contra esta institución del Estado.
El vicepresidente de la República, Jorge Arreaza, indicó que los ataques también afectaron el preescolar que funciona en el ministerio, en el que se encontraban 89 niños entre 6 meses y tres años.
A través de su cuenta en Twitter, @jaarreaza, informó que los bomberos del Distrito Capital y la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) controlaron el incendio y evacuaron a las personas que se encontraban en el edificio.

lunes, 31 de marzo de 2014

Gaceta Oficial N° 40.382 - Aplica solo a EDIFICIOS CON 20 AÑOS o más DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO


Esta  Providencia establece las normas para que los propietarios y arrendadores de EDIFICIOS que tengan más de 20 años DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias  

 Para ver la Gaceta más grande o bajarla has clic aquí



En pocas palabra esta Providencia de SUNAVI publicada en la  gaceta oficial Gaceta N°40.382 del 28/3/2014 ratifica la obligación de venta del propietario al inquilino, contenida en la LRCAV del 12/11/2011 en su disposición transitoria Quinta.
La disposición transitoria quinta forma parte de los considerando de esta providencia


Ley para La Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (LRCAV)
Disposición Transitoria Quinta:

Por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre vivienda en alquiler, por considérense el arrendamiento de interés social colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios y arrendatarias que ocupen viviendas CONSTITUIDAS SOBRE EDIFICIOS QUE TENGAN 20 AÑOS O MÁS DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO, tendrán el derecho a adquirirla, EXCEPTUANDO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE DISPOSICIÓN A LOS PEQUEÑOS ARRENDATARIOS. A tal efecto el propietario o arrendador, procederá de acuerdo al capítulo relativo a la preferencia ofertiva, establecido en este instrumento legal, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presenta Ley.

Esta  Providencia establece las normas para que los propietarios y arrendadores —multiarrendadores—de edificios que tengan más de 20 años dedicados al arredramiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.  
 
Enfatizamos que la aplicación de la disposición transitoria quinta de la LRCAV y la de esta providencia,  es solo y únicamente para los EDFICIOS que están DEDICADOS AL ARREDAMIENTO con más de 20 año en esta condición, exceptuando a todos los pequeños propietarios. Tampoco aplica para ningún tipo de casas.
Para ver la Gaceta más grande o bajarla has clic aquí

sábado, 1 de marzo de 2014

Sunavi unifica registro y canon en un solo trámite

A partir del jueves 6 de marzo los inquilinos y propietarios podrán obtener,
 en un solo trámite automatizado,
 el registro y la regulación del canon de una vez
 
Dentro de la adecuación de estructuras tecnológicas y físicas que viene haciendo la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (Sunavi), a partir del jueves 6 de marzo los inquilinos y propietarios podrán obtener, en un solo trámite automatizado, el registro y la regulación del canon de una vez, a través del Sircav (Sistema de Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas), dijo a Últimas Noticias la superintendenta de la institución, Ana Marina Rodríguez.

La funcionaria destacó que no se han logrado ensamblar todos los procesos que prevé la Ley de Regularización y Control de Arrendamiento de Viviendas, debido a que es una ley muy novedosa, como avanzada, y se ha requerido una adecuación amplia de infraestructura y entramado legal, pues ha implicado un trabajo arduo debido a todos los casos antiguos y nuevos, muchos con procedimientos abiertos que pasaron a la Sunavi, pero que se ha avanzado en muchos otros puntos, como en el registro de inquilinos, propietarios y otros actores vinculados a la materia inquilinaria.

Apuntó que un valor agregado de esta amplia labor es que “nos ha llevado a automatizar todos los procesos. En poco tiempo todo en esta materia se hará por Internet; de hecho ya está funcionando con toda normalidad el Savil, el pago de alquileres por Internet. Se simplificaron los pasos para el registro, por eso ahora automáticamente, cuando inquilinos o propietarios se registren, les saldrá de una vez la regulación del canon, es decir, cuánto deben pagar, eso porque el mismo sistema arroja ese resultado por los datos y características del inmueble que se cargan”. 

La superintendenta anunció que el 15 de marzo será inaugurada una nueva infraestructura que se acondicionó con computadoras para que los usuarios con su clave puedan revisar información y hacer trámites de sus casos, en las instalaciones de Sunavi.

Fuente: Beatriz Caripa 
Los logros y avances de la SUNAVI
Contribuyen con la PAZ y Vida Inquilinaria.

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