LA RED METROPOLITANA DE INQUILINOS
SE SOLIDARIZA
CON LOS FAMILIARES,
LAS VICTIMAS,
EL PUEBLO DE PARAGUANA,
LOS TRABAJADORES DE PDVSA
Y LA FANB,
AFECTADOS POR LA TRAGEDIA DE AMUY
Movimiento propulsor de la Ley (LRCAV) "la vivienda es un derecho, no un negocio!"
| Sentenció el Máximo Tribunal del país | |
Inadmisible recurso de nulidad contra el artículo 73 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda | |
| Ver Sentencia | |
La Sala Constitucional con ponencia de su vicepresidente,
magistrado Francisco Carrasquero López, declaró inadmisible, por inepta acumulación, el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Roberto Orta Martínez
y María Pulgar Molero contra el artículo 73 y la Disposición Transitoria Novena
de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda,
publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.053
Extraordinario del 12 de noviembre de 2011, y contra el artículo 18 del
Reglamento de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de
Vivienda, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 39.799 del
14 de noviembre de 2011.
Indica la Sala del
Máximo Tribunal del país que la acumulación de pretensiones de tales
procedimientos (nulidad de la Ley para la Regularización y Control de los
Arrendamientos de Vivienda y nulidad del Reglamento de dicha ley) y de cualquier
otro que se encuentre dentro de los supuestos de las normas antes citadas, no
puede darse en ningún caso, por cuanto se trata de asuntos que deben ser
conocidos por jurisdicciones distintas en razón de la materia o por mandato
expreso de la ley.
Recordó la Sala
Constitucional que el artículo 133, cardinal 1, de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia, establece que "se
declarará la inadmisión de la demanda: 1. Cuando se acumulen demandas o recursos
que se excluyan mutuamente o cuyos procedimientos sean
incompatibles¿.
En vista de lo
anterior, de conformidad con la reiterada doctrina de la Sala Constitucional, en
concordancia con lo previsto en el artículo 133, cardinal 1, de la Ley Orgánica
del Tribunal Supremo de Justicia, la acción judicial se declaró inadmisible por
inepta acumulación.
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Fuente: Redacción TSJ | |
Escrito por Ex trabajadores y trabajadoras
de la Dirección de Inquilinato
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| Jueves 07 de Junio de 2012 |
A nuestra redacción llegó el siguiente comunicado, elaborado por ex trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Inquilinato, el cual reproducimos a continuación en su totalidad, y que además se encuentra dirigido al titular del Ministerio del Poder Popular para el Transporte terrestre.
FUENTE: LUCHA DE CLASE - Periódico Voz de Trabajadores y Jóvenes Marxistas del PSUVCiudadano Cnel. Juan de Jesús García Toussaintt Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre. Su Despacho.-
Nosotros los abajos firmantes, funcionarios de más de quince (15) años de servicio en la Dirección General de Inquilinato, hasta el día 03 de noviembre de 2011, fecha en la cual de manera abrupta, sin justificación y fundamento legal, la ciudadana Carmen Cecilia Morantes, designada Directora General de Inquilinato, en sustitución del Dr. Samir Nassar Tayupe; nos obligó a abandonar las instalaciones de la Dirección, aduciendo que teníamos que tomar las vacaciones desde ese momento, púes era una instrucción de la Oficina de Recursos Humanos, por cuanto ningún funcionario podía tener vacaciones pendientes, ya que a decir de la Directora eso constituía corrupción, en total desconocimiento, de que por razones de servicios, que así lo ameriten al funcionario se le pueden negar o suspender el beneficio del disfrute de vacaciones; acudimos a usted a fin de exponerle de forma concisa y clara, los hechos suscitados y que desde nuestro punto de vista constituyen maltrato, acoso y pérdida de beneficios laborales, todo en contraposición a lo expresado por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en una alocución en el canal 8, donde le señaló a la periodista Tania Díaz, que a raíz de la supresión del Ministerio del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones y la creación de los Ministerios del Poder Popular para Transporte Terrestre y Transporte Acuático y Aéreo, se tenían que garantizar todos y cada unos de los derechos y beneficios de los funcionarios adscritos a dicho Ministerio.
En consecuencia le expresamos el siguiente Dossier de los hechos:
A.-Hasta la fecha todo el personal no ha sido evaluado desde el periodo julio-diciembre 2011 y los 21 funcionarios que no han sido ubicados, inclusive en el periodo enero-junio 2012, situación por demás negligente, por cuanto debe ser del conocimiento de la Directora, la obligación de todo supervisor o supervisora, de realizar dos veces por año, la evaluación de todos y cada uno de los funcionarios públicos bajo su supervisión y la sanción a lugar, por su incumplimiento, todo de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. B.-El abandono, desidia de lo que constituye la columna vertebral de la Dirección General de Inquilinato, los aproximadamente 90.000 expedientes administrativos dejados en las instalaciones de este Ministerio, piso -1, cuya área permanece clausurada por la Directora, situación que solo refleja la negligencia, incapacidad e ineficacia para manejar una institución al servicio del pueblo y no al servicio de intereses personales.
En consecuencia por todo lo antes expuesto solicitamos se investiguen los hechos narrados, que no son más que la afirmación y prueba de la denuncia formal que hiciera la Red Metropolitana de Inquilinos, al solicitar la destitución de la ciudadana Carmen Cecilia Morantes, la cual apoyamos.
Nota de Lucha de Clases: La presente comunicación se encuentra dirigida al ministro del MPPTT, debido a que antes de su creación, cuando existía el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda (MOPVI), la Dirección de Inquilinato formaba parte de dicho ministerio, y después formó parte también del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), incluso, la sede de la Dirección de Inquilinato estuvo ubicada en la sede del MTT hasta cierto tiempo después de su creación, por lo cual los trabajadores y trabajadoras de la referida dirección enviaron diversas comunicaciones al ministro Toussaintt, explicando la grave situación de atropello que han estado sufriendo. La carta que aquí hemos publicado es una dichas comunicaciones.
FUENTE: LUCHA DE CLASE - Periódico Voz de Trabajadores y Jóvenes Marxistas del PSUV |
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