EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Cánones de alquiler sin especulación privan en proyecto de Ley de Arrendamiento

Caracas, 20 Sep. AVN .- El proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, cuya segunda discusión se hará este martes en la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), contempla un método científico y aplicado en diversas partes del mundo que permite determinar cánones de arrendamiento justos a partir de la precisión del valor de inmueble, según el tipo de construcción y la depreciación.
A juicio de Eleusis Borrego, integrante del Frente de Inquilinos del estado Mérida y uno de los que participó en la discusión del proyecto en la Comisión Permanente de Administración y Servicios del Parlamento, esta metodología dejará atrás el actual método utilizado en el país que se basa en el valor que fija el mercado, lo que “abre la puerta a la especulación”.
El artículo 63 de la propuesta establece nueve tipos de construcción para definir el valor del metro cuadrado, que van desde quinta, casa quinta, casa colonial, casa prefabricada, casa económica, vivienda de autoconstrucción, apartamentos de lujo, apartamento y apartamento tipo bloque.
También toma en cuenta materiales de la estructura, así como de paredes, techos, pisos, ventanas y puertas; si tiene instalaciones sanitarias, eléctricas y mecánicas, además de aguas blancas y servidas.

A través de esta tabla, el organismo con competencia (Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, que nacería por mandato de la ley en sustitución de la Dirección Nacional de Inquilinato) determinará el valor del metro cuadrado por tipo de construcción para definir el llamado Valor de Reposición (VR), el cual representa el costo de construir el inmueble en cuestión en la actualidad.
Ese VR forma parte de la fórmula por método de costos, que es una ecuación universalmente aplicada que toma en cuenta el valor actual de la construcción, le resta la depreciación por los años de la edificación y considera el estado de conservación del inmueble, pero no incluye el valor del terreno.

La depreciación del inmueble es definida según una tabla internacional denominada Ross-Heideke. Ésta considera la depreciación por los años de construcción del inmueble y el estado de conservación. Eso arroja nueve categorías que van desde un inmueble en excelentes condiciones hasta uno irrecuperable.
Para Borrego la ley dinamizará el mercado inmobiliario. “El que alquila lo seguirá haciendo porque ese ha sido su modo de vida por años, sólo que no cobrará sumas exorbitantes, sino lo que le corresponde realmente por el inmueble en arriendo. Los cánones estarán en función de la realidad del venezolano y no de la especulación”.

Propiedad garantizada

Esta propuesta legal, en efecto, garantiza los derechos de inquilinos, quienes por años fueron los débiles jurídicos en la relación arrendaticia, sometidos a desalojos, condiciones que le hacían difícil ejercer su derecho a la defensa y aumentos de cánones sin discriminación.

Pero este reconocimiento de las garantías de los arrendatarios no implica que los propietarios queden indefensos, pues se establecen cinco causales de desalojo a través de las cuales puede iniciar una demanda ante la superintendencia.
Esas causales son si dejó de pagar cuatro cánones de arrendamiento sin causa justificada, si el propietario necesita el inmueble para sí o para alguno de sus parientes consanguíneos hasta del segundo grado, si el arrendatario destinó la casa a usos deshonestos o indebidos, si le ocasionó daños al inmueble o le hizo reformas no autorizadas y si el inquilino violó normas de convivencia ciudadana.

“Esta ley por fin permite hacer justicia con el débil jurídico por más de 50 años que son los arrendatarios. Se vieron privados de todo reconocimiento de ley a sus derechos como persona y a la vivienda como un derecho humano. Siempre se trató como una mercancía. Eso es lo que estamos tratando de cambiar con la ley”, dijo Ana Marina Rodríguez, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos y defensora pública en materia inquilinaria.
“El nuevo texto equilibrará las relaciones”, comentó, y puntualizó que por primera vez se establecen sanciones a las partes que incumplen la ley. Estas van desde 50 a 1.000 unidades tributarias.

Rodríguez recordó que la ley vigente incluye dobles procedimientos a favor del propietario: podía demandar por procedimiento especial establecido en la norma o por procedimiento breve del Código de Procedimiento Civil; y tenía doble oportunidad para sacar al inquilino: al inicio de la demanda con unas medidas cautelares llamadas de secuestro, “que eran unos vulgares desalojos”, y al final del juicio.

“El inquilino sólo tenía dos días para contestar una demanda. Eso no le daba ni oportunidad de ubicar a un abogado y, si lo hacía, el costo era tan elevado que quedaba en indefensión”, añadió.
El nuevo instrumento jurídico establece un procedimiento especial oral y expedito, a su vez garantiza un defensor público para el demandado. Esta figura ya está establecida en la Ley contra los Desalojos Arbitrarios, dictada en mayo por el presidente Hugo Chávez.

“No es cierto que el propietario va a perder su vivienda. En ninguno de los artículos está establecido que el inquilino se convertirá en propietario. Sólo el propietario, respetando la preferencia en la oferta, puede vender el inmueble al inquilino. Nadie le va a quitar el inmueble a sus dueños”, precisó Rodríguez.

Borrego, por su parte, comentó que quienes pierdan el juicio por desalojo, deberán entregar el inmueble, pero en el proyecto se estableció que este proceso no sea traumático. Se le dan 180 días hábiles al inquilino para desalojar, tal como dicta el decreto de Ley contra Desalojos Arbitrarios, y si la persona no tiene donde ir, el Estado lo reubicará en un refugio temporal.
Este proyecto de ley constituye un logro para diversos colectivos de inquilinos. En febrero lograron sacar el anteproyecto a la calle para reunir más de 400.000 firmas con las que respaldaron la entrega de la propuesta ante la AN en marzo. De esta manera se convertirá en la primera ley nacida en Venezuela por iniciativa popular

martes, 20 de septiembre de 2011

Ley de Arrendamientos busca crear equilibrio entre inquilinos y propietarios

Diputado Farías (PSUV) señaló que el instrumento legal toma en consideración los derechos de ambos involucrados / Comentó que este proyecto de ley forma parte de las políticas que desarrolla el Gobierno Nacional en el marco de la Misión Vivienda

El proyecto de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas que se discute en el seno de la Asamblea Nacional (AN), busca crear un equilibrio entre los inquilinos y propietarios, tomándose en consideración los derechos de ambos involucrados, informó el diputado a la Asamblea Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Jesús Farías.

Durante su participación este miércoles en el programa Toda Venezuela, transmitido por Venezolana de Televisión, el parlamentario explicó que se busca garantizar la estabilidad de la vivienda y la capacidad de las personas que están en condición de inquilinos, de vivir de una manera digna.

“Es una ley que trata de impulsar el sector arrendatario, el cual experimenta un atraso significativo en la necesidad de satisfacer la demanda de muchas personas que tienen que vivir bajo esas condiciones (de inquilinato)”, indicó.

El diputado Jesús Farías aclaró que el Proyecto de Ley de Arrendamientos, no sólo defenderá los derechos de los inquilinos sino también sus deberes.

“Hay un equilibrio, no se van a proteger las sinvergüenzuras, estaríamos ahogando a la gallina de los huevos de oro si nosotros no garantizamos que exista la responsabilidad a la hora de cancelar las obligaciones que sean necesarias”, dijo.

Comentó que este proyecto de ley forma parte de las políticas que desarrolla el Gobierno Nacional en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, la cual “trata de dignificar a todo el sector, aquí se abren nuevas expectativas y perspectivas a partir de este proyecto”.

Asimismo, agregó que el elemento esencial que se persigue con esta normativa, es lograr el respeto a la dignidad humana, no obstante, indicó que los partidos de derecha quieren empañar este aspecto con una “propaganda trillada y anticomunista”.

A pesar de que la Asamblea Nacional realizó una consulta popular sobre la Ley de Arrendamiento, Farías señaló que existe aún desconocimiento en la población sobre este tema, lo cual a su juicio es aprovechado por sectores de la oposición.

“La oposición está jugando a promover el desconocimiento y desacato para defender intereses de los grandes propietarios que trabajaban sobre la abusiva imposición de precios y alquileres”, indicó.


FUENTE: (VTV/AVN) 20-09-2011

domingo, 18 de septiembre de 2011

SE CONVOCA: ESTE MARTES 20 A LAS 12:30PM A LA ASAMBLEA NACIONAL

Se convoca a una concentración al frente de la Asamblea Nacional por la entrada lateral a la Alcaldia del Municipio Libertador para este martes 20 de septiembre de 2011 a las 12:30pm para apoyar el inicio de la discución en plenaria de la nueva Ley de regulación y control de arrendamientos de viviendas que reivindica a la vivienda como un derecho fundamental, construida y entregada por el "Pueblo Legislador".



En este sentido, convocamos a todas y todos los militantes de nuestra organización social la Red Metropolitana de Inquilinos que durante mucho tiempo nos hemos convertido en pueblo legislador y que lo hemos materializado en la construcción de políticas desde nuestra organización social para la solución en concreto del problema del arrendamiento de viviendas en nuestro pais

jueves, 15 de septiembre de 2011

Aprobado INFORME de proyecto de Ley de Arrendamiento Inmobiliario

Este martes la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), aprobó el informe final del Proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, como antesala a su segunda discusión ante la plenaria parlamentaria.

En este sentido, el presidente de esta comisión, diputado Diosdado Cabello (PSUV- Monagas), explicó que este proyecto busca salvaguardar la unidad familiar, al tiempo que beneficiará a unas 750 mil familias que viven en condición de arrendamiento. El mismo estará constituido por 152 artículos más sus disposiciones.

Cabello recordó que esta entidad legislativa conformada por 11 parlamentarios, aprobó el texto legal con la anuencia de los diputados del bloque revolucionario, debido a que los representantes de la oposición no hicieron acto de presencia durante la sesión. El titular de la comisión no descartó que la acción emprendida por la derecha, obedezca a un acto de saboteo.

Informó que esta herramienta legal se opondrá a la ley vigente conocida hasta ahora como la Ley Apiur (Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos), pues a su juicio ésta se relaciona con los abusos, atropellos, vejámenes y desalojos arbitrarios que no tiene nada que ver con esta nueva propuesta de iniciativa popular.

El parlamentario monaguense exhortó al pueblo y a todos aquellos que quieran conocer el espíritu de esta propuesta a leer y escudriñar el documento legal, dejando atrás el mito que han tratado de imponer particulares, quienes han alegado que esta ley violenta la propiedad privada, cuando en ninguno de sus apartados se legisla sobre este tema.

Pueblo en Revolución

Un extenso debate con la participación de todos los sectores involucrados (arrendadores, arrendatarios, inmobiliarias, constructoras, entre otros), contando a más de 100 movimientos de organización popular, sirvió para exponer los pro y contra del articulado tanto en la AN como el la calle.

De la discusión se recogieron importantes puntos que sin duda, son primordiales a la hora de entender a la perfección el sistema de alquileres de inmuebles en nuestro país. La ley contemplará la regulación; por ejemplo, de los cánones de arrendamiento bajo unos parámetros muy específicos: años de construcción, ubicación, diferenciación de los tipos de construcción que permitirán determinar el valor del inmueble, entre otros.

Esto con la finalidad de que no existan más reportes o denuncias por pago excesivo y exagerado por el alquiler de un inmueble, sólo por su zona residencial, en menoscabo de los años de antigüedad que posee.

Esta valorización, entre otros aspectos del proyecto de ley, se regirá por una instancia superior que velará estrictamente por su cumplimiento, denominada Dirección Nacional de Inquilinato, ente propuesto en la legislación.

Así pues, este instrumento legal, vendrá a satisfacer la necesidad de regulación, justicia y legalidad que carece en el aspecto de alquiler de inmuebles en el país, donde por años se ha visto perjudicado el pueblo sin vivienda propia.

Cuentas claras

El Proyecto de Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas, fundamenta su accionar en 4 puntos fundamentales, denominados como “fines supremos de la ley”:

1. Proteger y garantizar el derecho humano a una vivienda y hábitat adecuado para todas las personas y familias, especialmente de quienes se encuentran en situación de discriminación por: orientación sexual, identidad de género, origen étnico, preferencia política y religiosa, estado civil, clase social, así como en otros casos de vulnerabilidad o marginación por discapacidad, enfermedades terminales, entre otras.

2. Preservar y garantizar la seguridad jurídica de la tenencia de las viviendas.

3. Erradicar los desalojos arbitrarios.

4. Brindar la atención integral a las personas, familias victimas de desalojos inconstitucionales, ilegales o arbitrarios.

Dentro de las acotaciones inherentes a la ley el diputado Cabello, dejó en claro que el terreno no será considerado dentro de la metodología y otros aspectos abordados por la ley. Al tiempo que aseveró que la misma establecerá sanciones que irán desde las 50 a las mil unidades tributarias, para quienes la incumplan.

 Prensa AN 15-09-2011

Propietarios e inquilinos extreman sus diferencias sobre Ley de Arrendamientos


Caracas, 15 de septiembre (Elisa Cristina Vásquez – noticieroindustrial.com).- La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler pidió que el diputado Diosdado Cabello, presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), responda a la solicitud de reunión que hizo la semana pasada para exigir ser escuchada en los planes de aprobación de la Ley para la Regularización y Control de Alquileres.
María Elena Navarro, vocera de la Red, informó que no fueron convocados al último debate, en el cual se aprobaron los artículos sobre canon de arrendamiento, desalojos, sanciones y multas. Exigen equilibrio en el documento, que según ellos, beneficia sólo a los arrendatarios.

Por su parte, Ricardo Medina, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, negó las denuncias sobre la parcialización del instrumento legal, y dijo que luego de muchos años, por fin aspirarán a un equilibrio entre inquilino y propietario, porque las leyes siempre habían amparado a éste último. “Alquilar una vivienda es un servicio público, no un acto de usura”, resaltó.

Consideró que la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) y la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), representan grandes poderes que siempre han tenido la balanza a su favor desde el punto de vista legislativo.
La Red de Propietarios se encuentra principalmente en contra de la limitación a las desocupaciones que impone el proyecto de ley, así como a la incapacidad de acceder a la vivienda cuando los propietarios, o sus hijos, lo necesiten.

Medina sostuvo que se contemplan distintos casos para desalojar a un inquilino, dentro de los cuales se considera el segundo grado de consanguinidad como privilegio, siempre y cuando el propietario cumpla con los requisitos de un acto administrativo, una demanda de desalojo, y posteriormente la recuperación.

Para poder disponer del inmueble, el inquilino debe contar con otro lugar para residir, de acuerdo a lo que estipula la Ley de Desalojos Arbitrarios. El representante de los arrendatarios cree que no será complicado este procedimiento, porque el Estado debe asegurar una residencia para el desalojado.

“No sólo se contará con las casas que construirá el gobierno, sino que también habrá un Registro de Arrendadores donde estarán las viviendas disponibles para albergar al inquilino”, recordó.

La Red Metropolitana de Inquilinos celebra que haya cerrado la discusión del instrumento legal, porque “se había extendido la discusión para que todos los sectores participaran”, acotó Medina.

Desestimó que la oferta de alquileres se reduzca en el futuro, porque los alquileres serán más humanos y serviciales, pero beneficiando a ambas partes.
La Red de Propietarios trata 400 casos de congelamiento de alquileres por la prohibición de desalojos que decretó el Ejecutivo vía Habilitante. Señaló que son más de 40.000 los casos paralizados en tribunales en búsqueda desocupaciones de los inmuebles.

sábado, 10 de septiembre de 2011

Ley de Arrendamiento


Los artículos del proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda aprobados hasta ahora por la Comisión de Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional son mucho menos equilibrados que los presentados por la Red Metropolitana de Inquilinos en marzo.
Las asociaciones de propietarios critican la normativa. El proyecto original de la Red Metropolitana de Inquilinos era más equilibrado que lo aprobado hasta la fecha.

"La duración de los contratos de arrendamientos regulados por la presente ley será libremente acordada por las partes", decía el artículo 46 del proyecto original. La disposición aprobada fija un plazo mínimo de 3 años, a menos que el inquilino decida rescindirlo antes, en cuyo caso no tendrá que pagar los cánones restantes ni indemnización.
El artículo 54 limitaba la subrogación del contrato por muerte del arrendatario a familiares hasta segundo grado de consanguinidad que hubieran convivido habitualmente en el inmueble antes de que la persona falleciera. Lo aprobado por la Comisión extiende ese derecho a cualquier ocupante de la vivienda que pruebe una permanencia pacífica y continua en ella.
La disposición 117 proponía que el inquilino acusado de falta de pago perdiera los derechos consagrados en la ley y fuera demandado por el procedimiento breve fijado en el Código Civil. El artículo aprobado le permite llegar a una conciliación con el propietario si abona las mensualidades atrasadas. "Dicho pago no se tendrá como extemporáneo", agrega.

La instancia parlamentaria eliminó, además, el segundo capítulo del proyecto de ley, que definía las garantías que el arrendador podía solicitar al inquilino. Allí se indicaba que el depósito no podía exceder del equivalente a dos meses de alquiler y debía ser guardado en una cuenta bancaria. El dinero y los intereses generados serían devueltos al arrendatario al término del contrato, reseña El Nacional.
Proyecto mejorado. La Cámara Inmobiliaria de Venezuela y la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos han advertido en varias ocasiones sobre los desequilibrios que caracterizan al proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de viviendas.

La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, creada recientemente para agrupar a arrendadores de sectores populares, también critica la legislación porque generará anarquía y acabará con la oferta. Exige una ley que sea más equilibrada.

Rigel Sergent, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos, respalda los cambios y destaca que fueron realizados con la participación de asociaciones de arrendatarios de todo el país. "Creemos que se ha mejorado la propuesta inicial que introdujimos en la Asamblea Nacional", dijo.

Sergent afirmó que los propietarios de viviendas también han intervenido en las discusiones. "Todas las partes han sido escuchadas. Evidentemente los grandes arrendadores, que utilizan el alquiler como un negocio y no como un medio de subsistencia, no van a estar a favor de la regulación".

Agregó que los pequeños arrendadores ¬definidos como los que alquilan una o dos unidades de vivienda¬ no tienen razones para preocuparse.

"La ley les garantiza el derecho de propiedad y señala los mecanismos para que recuperen sus inmuebles".

Sergent descartó que la normativa incentive la falta de pago de los inquilinos. "La persona que no cancele será desalojada. Y los procedimientos serán más expeditos, de manera que los arrendadores no tendrán que esperar tres años, que es la prórroga establecida en la ley vigente".

Fuente: El Nacional 10-09-2011

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