EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

lunes, 30 de junio de 2014

Venció plazo para ofrecer edificios de vieja data a inquilinos #UnidosReimpulsamosLaRevolucion►

Ya venció el lapso de 60 días hábiles que establecía la providencia 42 de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi), publicada el pasado 28 de marzo, para que propietarios de edificios con más de 20 años en alquiler ofrecieran en venta los apartamentos a los arrendadores que los habitan desde hace varios lustros.

Decenas de inquilinos celebraron la medida a las puertas de la Sunavi, en Caracas, el pasado viernes, y, de acuerdo con un comunicado de la Red Metropolitana de Inquilinos, el siguiente paso es que las familias alquiladas que no hayan recibido la oferta de venta soliciten las sanciones correspondientes por incumplimiento de la nomativa.

Las multas que puede recibir el propietario que irrespete esta norma suman 2.000 unidades tributarias por cada vivienda, es decir, 254.000 bolívares. Si no paga, será considerado reincidente y se le doblará la cantidad. De persistir el incumplimiento, la Sunavi puede solicitar el embargo del inmueble.

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, vigente desde noviembre de 2011, estableció en su quinta disposición transitoria que quienes residan alquilados en edificios con más de 20 años destinados a arrendamiento tendrán el derecho a adquirirla, con excepción de los pequeños arrendadores (que tienen uno o dos apartamentos arrendados).

El texto legal justificó esta medida en el hecho de que el monopolio sobre la vivienda en alquiler es contrario al espíritu del instrumento legal, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública.
Dicha Ley fue la primera presentada ante la Asamblea Nacional (AN) por iniciativa popular y fue discutida en el Parlamento con distintos sectores.

La Sunavi publicó en la Gaceta Oficial 40.382, de fecha 28 de marzo de 2014, la providencia con las normas para hacer efectiva esa venta, y precisó que debía realizarse en un lapso máximo de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la normativa.

Asimismo, la Superintendencia determinará el valor justo del inmueble para la venta, de acuerdo con una metodología nacida a partir de la Ley
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Las asociaciones de inquilinos han señalado que el objetivo es erradicar el latifundio urbano, como denominan a las grandes cantidades de inmuebles pertenecientes a una sola persona o grupos económicos que se dedicaron a explotarlos durante décadas
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De acuerdo con la Red de Inquilinos, en Caracas hay alrededor de 5.000 edificios vetustos "a punto de colapsar", que no reciben mantenimiento de sus propietarios y que tales gastos son asumidos por las familias alquiladas. Sin embargo, no pueden acometer reparaciones estructurales onerosas, porque no obtienen apoyo crediticio debido a que son inmuebles alquilados.

Fuente: AVN

domingo, 29 de junio de 2014

Inquilinos festejaron entrada en vigencia de la Providencia 042

29 de junio de 2014.- El viernes 27 de junio decenas de inquilinos se fueron agrupando desde tempranas horas a las puertas de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (SUNAVI) para celebrar la Providencia 0042 (1), Providencia está que establece la obligatoriedad de ofertar en venta a los inquilinos de edificios de vieja data, los inmuebles en los que viven desde hace más de 20 años.

El día 27 de junio se concluyó el lapso de 60 días en que los propietarios debían ofertar, ahora lo que sigue es que los inquilinos soliciten la sanción por el incumplimiento. Esta Providencia Administrativa excluye a pequeños propietarios y tiene como objetivo erradicar el latifundio urbano, grandes cantidades de inmuebles pertenecientes a una sola persona o grupos económicos que se dedicaron a explotarlo durante décadas.

El ambiente fue festivo y estuvo caracterizado por la alegría y la gratitud al gobierno revolucionario dirigido por el Presidente Nicolás Maduro, momento propicio en donde los y las inquilinas recordaron al Presidente Chávez, quien por primera vez expuso a la luz pública el drama que vivían las familias arrendadas, las cuales eran maltratadas por una legislación que incluía la medidas preventivas de secuestro.

La Red Metropolitana de inquilinos desde hace más de 9 años trabajo y vislumbró una legislación que los protegiera, situación que se materializo con la proposición del Comandante Chávez a que esta fuera la primera Ley que se introdujera al parlamente bajo la figura de la iniciativa popular, en
un encuentro con el movimiento de pobladores el 08 de enero de 2011, proposición que los inquilinos y las inquilinas aceptaron, de allí surgió la unión entre todos los colectivos del territorio nacional, la hermandad con el PSUV quien acompaño al pueblo en la jornada de recolección de firmas, que apenas duro un fin de semana el sábado 19 y 20 de febrero de 2011, y donde se recogieron 413.498, el CNE solo pedía 17.000 firmas, lo correspondiente al 0.1 por ciento de los ciudadanos que integran el Registro Electoral para activar la figura de iniciativa popular. Firmas que se entregaron en la sección solemne tras los 200 años de instalación del primer congreso de nuestro país, también fue propicio el espacio para recordar el gran apoyo recibido por parte del Prof. Aristobulo Izturiz y del Diputado Diosdado Cabello, quienes en todo momento acompañaron al pueblo humilde y organizado que luchaba por transformar un sistema especulativo inmobiliario que esclaviza a miles de familias venezolanas.

La República Bolivariana de Venezuela es el único país en el mundo en aplicar el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación general 7, situación está que los movimientos de habitantes del mundo han celebrado, y hoy en día nuestros instrumentos legales les sirven de insumo para la construcción de propuestas populares, para la transformación de prácticas tan terribles como los desalojos o desahucios que han llevado al suicidio de personas alrededor del mundo y que en nuestro país, gracias al gobierno revolucionario y a la corresponsabilidad de pueblo y gobierno trabajando unidos, quedo en un triste pasado.

1- Providencia Administrativa N 0042 de fecha 27 de marzo de 2014, emanada de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, publicada en la Gaceta Oficial 40.382 de fecha 28 de marzo de 2014

2- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación general 7, El derecho a una vivienda adecuada (párrafo 1 del artículo 11 del Pacto): los desalojos forzosos (16º período de sesiones, 1997)


Red Metropolitana de Inquilinos

miércoles, 25 de junio de 2014

VENTA A INQUILINOS EN EDIFICIOS DE VIEJA DATA

OFERTAS DE VENTA EN EDIFICIOS DE VIEJA DATA

Providencia 00042

¿Vives en un edificio dedicado al arrendamiento y con más de 20 años de construido?

Maglene Sierraalta

El día viernes 28 de marzo de 2014 salió publicada, en la Gaceta Oficial 40.382, una providencia administrativa -numerada 00042- emanada desde el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y suscrita por la Superintendente Nacional de Arrendamiento de Viviendas Ana Marina Rodríguez Montero.

En dicha providencia se resuelve: Establecer las normas para que los propietarios y arrendadores de edificios, que tengan veinte (20) años o más dedicados al arrendamiento, los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
Chávez firma la Ley Arrendamiento de Viviendas

Es un acto de ¡Justicia Social!

Este acto viene a satisfacer la democratización de la propiedad de la vivienda. Inquilinos que han sido explotados durante décadas, pagando un arriendo, ahora podrán satisfacer el Derecho Humano de la Vivienda, comprando lo que ha sido su punto de encuentro familiar, su hogar, su domicilio.

Como nos dijo Chávez, nuestro Comandante Eterno: “Esto es posible sólo en Socialismo; en Capitalismo es imposible”.

La providencia 00042 establece, en su artículo Nº 2, que la oferta de venta debe estar ajustada a lo establecido en el Título VI, de la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, De la Preferencia Ofertiva, de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
Algunos propietarios se han dado a la tarea de ofertar sin acatar la normativa; otros están a la espera de una decisión tribunalicia.

No obstante, el hecho es claro y notorio: hoy 25 de junio se vence el lapso de sesenta (60) días hábiles que tenían para realizar las ofertas. Y, al no dar cumplimiento a la norma, están expuestos a la sanción establecida: 2.000 Unidades Tributarias por cada apartamento que han dejado de Ofertar.

Los propietarios o propietarias, arrendadores o arrendadoras, han debido solicitar por escrito, a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI), el avalúo que establecerá el Justo Valor, según lo establecido en el artículo 6º de la providencia. Algunos propietarios cumplieron; otros se han dedicado a la oferta sin mencionar en cuánto venderán.

El arrendatario o inquilino que se considere afectado se dirigirá al actual Superintendente Nacional de Arrendamiento de Viviendas, JOSÉ RAFAEL JIMÉNEZ VILLASANA, a través de un formulario que actuará como petitorio de denuncia, acompañado de los respectivos anexos.

Dicho documento ha sido redactado por el Poder Popular a través de la Red Metropolitana de Inquilinos. Éste deberá ser consignado ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI) para que se determine la infracción a la norma.

La lucha continúa. Inquilino: el acto del petitorio es un acto personalísimo. Cada inquilino llenará el formato y consignará ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI).

Nota: El formato mencionado está a disposición a través del correo de asocib
Fuente: ASOCIB
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  • El formato mencionado está a disposición por el correo: lavozdelinquilino@gmail.com

viernes, 6 de junio de 2014

En capitalismo: Un alemán se suicida en España porque iba a ser Desalojado

Un ciudadano alemán se suicidó en la isla de Mallorca después de enterarse de que iba a ser desahuciado por no pagar el alquiler.


El hombre, que tenía unos 50 años y vivía en la localidad de Cala Rajada, dejó una nota que elimina cualquier duda sobre el carácter de su muerte y el motivo del suicidio.

Según los medios locales, el fallecido sufría desde la muerte de su esposa una depresión que le impedía trabajar y obtener ingresos, por lo que no pudo pagar por el arrendamiento de su domicilio. En la nota pedía perdón al propietario de la vivienda por no poder sufragar la deuda que había contraído con él.

El suicidó tuvo lugar el viernes pasado, pero el cadáver fue hallado esta semana. Los vecinos notaron la ausencia del hombre durante unos días y avisaron a la Guardia Civil, que acudió a la casa.  
Fuente: RT

miércoles, 4 de junio de 2014

¡La derecha ataca a los Inquilinos! ► Apiur pedirá revocatoria de providencia 042 de SUNAVI

Desde la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos tacharon de inconstitucional medida que obliga a ofertar inmuebles con 20 años de alquiler. En los próximos días extenderán la solicitud de nulidad al nuevo jefe de Sunavi 

La Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) hizo pública la tarde de este miércoles su intención de solicitar la revocatoria de Providencia número 042 del pasado 27 de marzo, donde fuera renovada la Disposición Transitoria Quinta de la Ley para la Regulación y Control De Arrendamientos, donde se establece como obligatoria la oferta de venta de los inmuebles que tengan  20 años o más dedicados al arrendamiento.
El documento firmado por Roberto Orta Martínez y Raimundo Orta Poleo, presidente y  coordinador nacional de la asociación, respectivamente, expuso que “en virtud del nombramiento del nuevo Superintendente de Arrendamientos de Vivienda, Jose Rafael Jimenez Villasana, nuestra asociación le solicitará la revocatoria por contrario imperio de la Resolución No.0042, emitida por la mencionada Superintendencia (…) debido a que dicha providencia es de carácter inconstitucional e inaplicable en la mayoría de los casos”.
...Por último el texto destacó que la providencia habría creado “de manera ilegal multas que solo pueden ser impuestas a través de leyes y que son reserva legal de la Asamblea Nacional o del Presidente de la República a través de habilitante”.

Para finalizar, desde Apiur, destacaron que, actualmente, se hallarían trabajando, juntos a otras organizaciones del sector inmobiliario, las propuestas para la reforma de Ley de Arrendamientos de Vivienda, “que serán presentadas en los próximos días al Ministro de Vivienda y al Superintendente de Arrendamientos”.
Así, afirmaron que la asociación solicitará audiencia al nuevo superintendente a los efectos de plantear la revocatoria mencionada.
Fuente: www.dinero.com.ve

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