EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

miércoles, 25 de junio de 2014

VENTA A INQUILINOS EN EDIFICIOS DE VIEJA DATA

OFERTAS DE VENTA EN EDIFICIOS DE VIEJA DATA

Providencia 00042

¿Vives en un edificio dedicado al arrendamiento y con más de 20 años de construido?

Maglene Sierraalta

El día viernes 28 de marzo de 2014 salió publicada, en la Gaceta Oficial 40.382, una providencia administrativa -numerada 00042- emanada desde el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y suscrita por la Superintendente Nacional de Arrendamiento de Viviendas Ana Marina Rodríguez Montero.

En dicha providencia se resuelve: Establecer las normas para que los propietarios y arrendadores de edificios, que tengan veinte (20) años o más dedicados al arrendamiento, los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
Chávez firma la Ley Arrendamiento de Viviendas

Es un acto de ¡Justicia Social!

Este acto viene a satisfacer la democratización de la propiedad de la vivienda. Inquilinos que han sido explotados durante décadas, pagando un arriendo, ahora podrán satisfacer el Derecho Humano de la Vivienda, comprando lo que ha sido su punto de encuentro familiar, su hogar, su domicilio.

Como nos dijo Chávez, nuestro Comandante Eterno: “Esto es posible sólo en Socialismo; en Capitalismo es imposible”.

La providencia 00042 establece, en su artículo Nº 2, que la oferta de venta debe estar ajustada a lo establecido en el Título VI, de la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, De la Preferencia Ofertiva, de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
Algunos propietarios se han dado a la tarea de ofertar sin acatar la normativa; otros están a la espera de una decisión tribunalicia.

No obstante, el hecho es claro y notorio: hoy 25 de junio se vence el lapso de sesenta (60) días hábiles que tenían para realizar las ofertas. Y, al no dar cumplimiento a la norma, están expuestos a la sanción establecida: 2.000 Unidades Tributarias por cada apartamento que han dejado de Ofertar.

Los propietarios o propietarias, arrendadores o arrendadoras, han debido solicitar por escrito, a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI), el avalúo que establecerá el Justo Valor, según lo establecido en el artículo 6º de la providencia. Algunos propietarios cumplieron; otros se han dedicado a la oferta sin mencionar en cuánto venderán.

El arrendatario o inquilino que se considere afectado se dirigirá al actual Superintendente Nacional de Arrendamiento de Viviendas, JOSÉ RAFAEL JIMÉNEZ VILLASANA, a través de un formulario que actuará como petitorio de denuncia, acompañado de los respectivos anexos.

Dicho documento ha sido redactado por el Poder Popular a través de la Red Metropolitana de Inquilinos. Éste deberá ser consignado ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI) para que se determine la infracción a la norma.

La lucha continúa. Inquilino: el acto del petitorio es un acto personalísimo. Cada inquilino llenará el formato y consignará ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (SUNAVI).

Nota: El formato mencionado está a disposición a través del correo de asocib
Fuente: ASOCIB
-----
  • El formato mencionado está a disposición por el correo: lavozdelinquilino@gmail.com

5 comentarios:

Rosany dijo...

Buenos días, por favor ayúdenme para saber que debo hacer, ya que mi mama , mi hijo y yo vivimos alquiladas ya hace mas de 30 años y el propietario aún no se ha comunicado con respecto a la venta del inmueble ... que debo hacer ??? gracias.

Unknown dijo...

Amiga tiene s ir ala sunavi a registrar y luego aplicar la 042

Unknown dijo...

Me encuentro en la misma condición que Rosany, estoy inscrita en SUNAVI y cancelo mis alquileres al día, como quedamos los que introdugimos los documentos para proceso Sansionatorio y el dueño no aparece?

Unknown dijo...

Mi inquilino vive se fue a vivir al exterior sub arrendó a un supuesto familiar varias veces por encima de lo que el me paga a mi y ahora vive en España...y esta pendiente para venir cuando se produzca la venta forzada para hacer un negocio mayor!. Claro es una vivienda y un local me paga 2200 las dos inmuebles y solo el local cobro 45000, en la vivienda dejo a su supuesta hermana....bueno el tiene necesidad y es explotado tremendo escuálido...yo chavista pendejo!.

Unknown dijo...

Mi inquilino vive se fue a vivir al exterior sub arrendó a un supuesto familiar varias veces por encima de lo que el me paga a mi y ahora vive en España...y esta pendiente para venir cuando se produzca la venta forzada para hacer un negocio mayor!. Claro es una vivienda y un local me paga 2200 las dos inmuebles y solo el local cobro 45000, en la vivienda dejo a su supuesta hermana....bueno el tiene necesidad y es explotado tremendo escuálido...yo chavista pendejo!.

Búsqueda dentro de esta página:

Google
RMI