EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida y las Inmobiliarias, no podrá cambiarla. - RED METROPOLITANA DE INQUILINOS - EL Pueblo Legislador defiende la Ley de Arrendamiento de Vivienda, la derecha apátrida no podrá cambiarla.

sábado, 26 de mayo de 2012

Los procesos que debe hacer la Superintendencia han tenido retrasos

Sin concretarse la venta de viviendas en alquiler

Los procesos que debe hacer la Superintendencia han tenido retrasos

En mayo del pasado año el Gobierno inició las gestiones para permitir la venta de los apartamentos alquilados en edificios de vieja data, 12 meses después esas ofertas siguen sin concretarse.

Los inquilinos no han podido adquirir las viviendas, debido a que el Ministerio de la Vivienda no ha publicado los valores de reposición de los inmuebles y la Superintendencia Nacional de Arrendamientos no ha entregado a los bancos estatales los oficios que autorizan los procedimientos.

En esos oficios tienen que detallarse los avalúos de las edificaciones así como los costos de las unidades.

La negociación de esas viviendas, que están en los edificios destinados al alquiler, la inició la Vicepresidencia el pasado año con la citación a los propietarios de 100 inmuebles ubicados en el Área Metropolitana de Caracas. Luego cuando se aprobó la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, ese proceso pasó a manos de la Superintendencia, que volvió a enviar comunicaciones a los dueños de las 100 edificaciones.

Hasta la fecha, 30 de los 100 propietarios han aceptado negociar con el Gobierno la venta de las casas. Los dueños de los otros 70 inmuebles no se han presentado ante el organismo, indicaron los voceros de las organizaciones que agrupan a los inquilinos.

Según los representantes de las redes, de los 30 inmuebles ya con 5 cinco hay avances, debido a que los inquilinos han estado realizando los trámites con los bancos.

Con el resto de los 25 edificios no se ha efectuado ninguna gestión. Los voceros de las organizaciones expresaron que los propietarios aceptaron la venta, pero la Superintendencia de Arrendamientos no da respuesta.

Para la adquisición de esas viviendas, en noviembre de 2011 el Ejecutivo Nacional autorizó la creación de un fondo con aportes de los bancos del Estado por 350 millones de bolívares para otorgar los financiamientos a los inquilinos.

Luego el pasado mes de febrero el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (Banavih) publicó una resolución con las condiciones para los préstamos que se otorgarán a las familias alquiladas.

Esa disposición indica que una vez que las familias hayan recibido los créditos tienen que acudir al Banco Nacional de la Vivienda (Banavih), el cual elaborará los documentos de protocolización, que entre sus términos señalarán que "si los propietarios deciden vender esas soluciones habitacionales las tienen que ofertar en primer lugar al Estado".

Y añade que "el precio de venta de las viviendas será el que corresponda de acuerdo a la metodología utilizada al efecto por la Superintendencia de Arrendamientos".



 

jueves, 17 de mayo de 2012

El Juzgado 25 del Municipio: sobre las cogsinaciones



Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas
Resolución N° 005-2012

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Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas
Resolución N° 005-2012




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martes, 17 de abril de 2012

Gobierno Nacional extiende prórroga de congelación de alquileres

Gobierno Nacional extiende prórroga de congelación de alquileres
  
Caracas, 17 de abril de 2012. Mediante Gaceta Oficial Nº 39.903, la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, extiende la prórroga de congelamiento de los montos de cánones a ser cobrados por conceptos de arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda y arrendamientos de porciones destinadas a vivienda en inmuebles de uso mixto, según lo señala la Providencia N° DS 001.

altAsimismo señala que "los arrendadores que infrinjan esta disposición o incurran en el ilícito de exceso de cobro de cánones de arrendamiento, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y su Reglamento".

La nueva providencia tiene una vigencia de seis meses, prorrogable por un periodo igual según lo estime el Ejecutivo Nacional, contados desde su publicación en la Gaceta Oficial.


 

lunes, 27 de febrero de 2012

En Gaceta programa de financiamiento para viviendas alquiladas

El Gobierno publicó en Gaceta Oficial, N° 39.879 las condiciones del programa especial de financiamiento para adquirir viviendas arrendadas "Ahora es mi Techo", ubicados en los municipios Libertador, Sucre, Baruta y Chacao.

La Resolución establece las condiciones de financiamiento que regirán los créditos hipotecarios y el otorgamiento del subsidio directo para la compra de vivienda principal a las personas naturales, venezolanas o extranjeras, residenciadas en el país.

La medida alcanza a las personas que no posean vivienda propia y que vivan en calidad de arrendatarios por un período mínimo de diez años en los inmuebles destinados al alquiler.

El texto señala que "sólo se tramitarán las solicitudes de los edificios previamente señalados por el Ejecutivo, en Aviso Oficial de la Vicepresidencia de la República, publicado en prensa nacional el 26 de mayo de 2011, que se encuentren ubicados en los municipios Libertador del Distrito Capital, Sucre, Baruta y Chacao del estado Miranda.

El otorgamiento del Subsidio Directo Habitacional será de 30% en base al valor de la vivienda, tomando como referencia máxima la suma de Bs. 270 mil. Si el valor de la vivienda excede dicho monto, el cálculo siempre se hará en base al monto máximo referencial.

El Banco nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) velará por el cumplimiento de esta resolución y aplicará las sanciones previstas en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat
 
Fuente: El mundo // 27 de febrero ded 2012
 

domingo, 26 de febrero de 2012

Bancos ya tienen recursos para créditos de remodelación

26/11/2011 01:58:16 p.m. | Beatriz Caripa.- Mario Isea, resaltó que los recursos ya están disponibles en los operadores bancarios para otorgar los financiamientos.

Los bancos públicos y privados ya tienen el instructivo que necesitaban para empezar a otorgar los créditos para remodelación y ampliación de vivienda principal, así como para la autoconstrucción, informó el presidente del Banco Nacional de la Vivienda (Banavih), Mario Isea.

Banavih envió la comunicación con los parámetros para otorgar los financiamientos el pasado 29 de octubre, razón por la que según Isea "los bancos no tienen más excusas".

Recordó que se otorgarán los préstamos de acuerdo con el ingreso de los solicitantes. Para ampliación se podrá prestar hasta 135 mil bolívares fuertes. Eso aplica cuando se solicite el dinero para hacer una o más habitaciones, baños u otros ambientes adicionales a la vivienda.

Para las remodelaciones o mejoras, se prevé un máximo de préstamo de BsF 81.000.


En el caso de autoconstrucción, el monto máximo es de BsF 202.500. El presidente del Banavih explicó que para ese renglón se dará un subsidio de hasta 75% del monto máximo que subsidia el Estado por una vivienda, que es de BsF 270.000.

De acuerdo con la tabla de subsidios que publicó el Ministerio de Vivienda y Hábitat hace cuatro meses, se subsidiará 80% a una familia que perciba un salario mínimo y 100% cuando el grupo no tenga ningún ingreso. La ayuda aplica cuando la casa por construir no supere los BsF 270.000.

Para optar al crédito para la autoconstrucción, los solicitantes deberán poseer un terreno propio a su nombre. En ese caso, se les dará a familias con titularidad sobre un terreno o a grupos organizados que también demuestren la propiedad.

Fuente: el mundo // 26/02/2012

sábado, 18 de febrero de 2012

Adelantan reglamentos para dar créditos a inquilinos

Caracas, 18 de febrero de 2012. La Red Metropolitana de Inquilinos, en conjunto a representantes de la banca pública y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih), han realizado adelantos en el reglamento a través del cual se fijarán condiciones para otorgar créditos a inquilinos de 100 edificios de vieja data que están alquilados, y que deben ser ofrecido en venta a los inquilinos, según la Ley para la Regularización y Control de Arrendamiento y Vivienda.
Entre las condiciones que se impusieron para la venta está que no se efectúe un cobro inicial, ya que los ocupantes en muchos casos tienen más de tres décadas en estos inmuebles y ya han pagado su valor.

Además se plantea condiciones que hasta el momento no están aprobadas como que las personas mayores, pensionadas al igual que jubilados que tengan años ocupando los inmuebles, les aprueben los financiamientos por vía excepcional, debido a que la legislación bancaria actual no le otorga créditos a las personas en esta condición.

El reglamento en que trabajan estas instituciones forma parte del programa Mi Techo, que será anunciado próximamente, y se conoce que fijará lineamientos para edificios alquilados y la forma en que los inquilinos puedan optar a la compra de los inmuebles.

También el reglamento aplicará para el fondo creado por el Gobierno, cuando aprobó la Ley de Alquileres en noviembre pasado. El fondo fue creado con 350 millones de bolívares como base para la compra de 100 edificios, de los que cinco ya fueron vendidos y "39 están en negociación" con sus propietarios. Según vocero de la Red Metropolitana de inquilinos “las negociaciones para las culminación de la compra de los 100 edificios van bien encaminadas.”

Fuente: Ultimas Noticias // 18 de febrero de 2012

lunes, 6 de febrero de 2012

Reunión Extraordinaria de la Red Metropolitana de Inquilinos

Agenda del lunes, 06 de febrero de 2012

Reunión Extraordinaria de la Red Metropolitana de Inquilinos


  1. LECTURA DE LAS ACTAS ANTERIORES.
 
  1. APROBAR EL INGRESO A LA RED METROPOLITANA DE INQUILINOS  DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE LO SOLICITARON EL DÍA 30 DE ENERO DE 2012.
 
  1. INFORMACIÓN SOBRE EL INFORME QUE SE ELABORÓ A RAÍZ DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE ARTICULACIÓN CON LOS DIFERENTES MOVIMIENTOS SOCIALES EL DÍA 26 DE ENERO DE 2012.
 
  1. LECTURA DEL DOCUMENTO ELABORADO A RAÍZ DE LA REUNIÓN DEL DÍA JUEVES 02 DE FEBRERO CON LOS VOCEROS Y VOCERAS DE LOS CIEN EDIFICIOS.
 
  1. RECOLECCIÓN DE FIRMAS EN APOYO AL MOVIMIENTO SOCIAL DE MÉXICO.

  1. INFORMACIÓN SOBRE EL ESTATUS DEL PROYECTO DE LOS CIEN EDIFICIOS.

  1. PUNTOS VARIOS.

viernes, 3 de febrero de 2012

Falta de personalidad jurídica limita actividad de la Superintendencia

Fuentes aseguran que, mientras el organismo no tenga una estructura propia, cualquier acto administrativo que dicte será nulo

Fuente: El Nacional 03-Febrero de 2012
La Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda no puede fijar cánones o precios de venta ni aplicar sanciones porque carece de personalidad jurídica para hacerlo, advirtieron fuentes vinculadas al sector inmobiliario.

Aunque el organismo fue creado por la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos, que fue promulgada en noviembre, aún no han sido publicados en Gaceta Oficial la estructura organizativa y el reglamento interno.

"La Superintendencia tiene facultades y competencias claramente establecidas en la legislación. El problema es administrativo, porque la estructura no ha sido aprobada todavía", dijeron.

Las fuentes indicaron que, en esas condiciones, la Superintendencia puede cumplir funciones como asesoría legal, atención al público y registro de contratos, pero no dictar actos administrativos.

Eso implica que no puede fijar el canon de arrendamiento de los inmuebles, lo cual explica las razones que tuvo el Gobierno en octubre del año pasado para prorrogar la congelación de alquileres vigente desde 2003.

El organismo tampoco puede determinar el precio de los edificios para arrendamiento con más de 20 años de antigüedad, que la disposición transitoria quinta de la ley obliga a vender a los inquilinos.

Los propietarios tenían plazo hasta el 12 de enero, según la ley, para ofrecer los inmuebles en venta. Pero no pueden hacerlo hasta que la Superintendencia fije el precio.
Las fuentes consideran que tampoco se cumplirá el plazo para el registro de contratos, que en teoría caduca el 12 de febrero. Agregaron que no podrán aplicar sanciones porque cualquier acto que dicte será nulo.

La falta de personalidad jurídica afecta incluso al personal de la Superintendencia, que trabaja hasta 12 horas diarias porque los cargos que desempeñan no han sido creados y no pueden cobrar sueldos.

El retraso en la aprobación del organigrama y el reglamento interno obedecen, según las fuentes, a la improvisación y al desorden que han caracterizado la aprobación y la aplicación del marco legal.

Fuente: El Nacional 03-Febrero de 2012

sábado, 28 de enero de 2012

Se registra lentitud en la adecuación de la Ley de Alquileres

Se registra lentitud en la adecuación de la Ley de Alquileres

El registro de contratos todavía no se ha terminado de estructurar

Fuente: EL UNIVERSAL  // 28 de enero de 2012 
La reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que entró en vigencia el 12 de noviembre de 2011, establece plazos para la creación del registro de contratos y la venta de inmuebles en aquellos edificios que tienen más de 20 años destinados al alquiler, pero los lapsos se agotan y el proceso de adecuación al marco legal marcha lentamente.

Según la ley, la Superintendencia de Arrendamientos tiene 90 días para conformar el registro de contratos, plazo que culmina el 12 de febrero, sin embargo, el organismo no tiene listo el sistema.

La Ley indica que el ente una vez que recibe los contratos tiene que estimar los cánones de arrendamiento, de acuerdo a la fórmula fijada en el texto, pero a los propietarios de inmuebles alquilados que necesitan renovar los contratos, los funcionarios les están notificando que mantengan los términos de los acuerdos anteriores e incluyan los mismos cánones, luego deben consignar las copias al organismo.

Uno de los argumentos de los funcionarios es que se está en la adaptación a ley y no se pueden estimar las rentas por la nueva fórmula.

Recientemente, la superintendenta, Carmen Morantes, dijo que las personas se han inscrito en el organismo y que la ley se cumple. MAH

martes, 24 de enero de 2012

LA RED METROPOLITANA DE INQUILINOS

LA RED METROPOLITANA DE INQUILINOS



(Q.E.P.D)


Se une al duelo que embarga a la Camarada Elizabeth Cedeño,


por el sensible fallecimiento de su hijo

ANDRI CEDEÑO



Quien en vida fue un hijo, hermano y amigo ejemplar.


La Red Metropolitana de Inquilinos hace llegar a familiares, amigos y allegados las más sentidas palabras de condolencia.


 
Paz a sus restos.


viernes, 9 de diciembre de 2011

Superintendenta Nacional de Arrendamiento de Vivienda SUNAVI

Atiende en su nueva sede la Superintendencia Nacional de Arrendamiento, ubicada en la Av. Principal de Las Mercedes, edificio Leojar (diagonal al edificio donde funcionaba el extinto Conavi y frente al Centro Comercial Paseo Las Mercedes). Municipio Baruta, Edo. Miranda.
En la nueva sede también funcionará la Dirección de Inquilinato, instancia que se sigue encargandose de alquileres de comercios y oficinas.


jueves, 10 de noviembre de 2011

sábado, 22 de octubre de 2011

Prorrogan por 6 meses más la congelación de alquileres

El Gobierno nacional publicó en la Gaceta Oficial 39.783, de fecha 21 de octubre de 2011 y que circula este lunes, que la medida de congelamiento de alquileres se extiende por seis meses más.

La resolución conjunta de los ministerios de Comercio y de Vivienda, señala que los arrendadores que infrinjan esta norma serán sancionados de acuerdo con la Ley de defensa de los consumidores.

La medida tiene fecha de 14 de octubre de 2011 y establece su vigencia desde el día 15 del mismo mes y hasta abril de 2012.

Actualmente, la Asamblea Nacional discute una nueva Ley de Arrendamientos que la que aspira a regular el cobro de los cánones de acuerdo con la ubicación y tamaño del inmueble.

La discusión de la Ley seguirá este martes en el Parlamento.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Cánones de alquiler sin especulación privan en proyecto de Ley de Arrendamiento

Caracas, 20 Sep. AVN .- El proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, cuya segunda discusión se hará este martes en la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), contempla un método científico y aplicado en diversas partes del mundo que permite determinar cánones de arrendamiento justos a partir de la precisión del valor de inmueble, según el tipo de construcción y la depreciación.
A juicio de Eleusis Borrego, integrante del Frente de Inquilinos del estado Mérida y uno de los que participó en la discusión del proyecto en la Comisión Permanente de Administración y Servicios del Parlamento, esta metodología dejará atrás el actual método utilizado en el país que se basa en el valor que fija el mercado, lo que “abre la puerta a la especulación”.
El artículo 63 de la propuesta establece nueve tipos de construcción para definir el valor del metro cuadrado, que van desde quinta, casa quinta, casa colonial, casa prefabricada, casa económica, vivienda de autoconstrucción, apartamentos de lujo, apartamento y apartamento tipo bloque.
También toma en cuenta materiales de la estructura, así como de paredes, techos, pisos, ventanas y puertas; si tiene instalaciones sanitarias, eléctricas y mecánicas, además de aguas blancas y servidas.

A través de esta tabla, el organismo con competencia (Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, que nacería por mandato de la ley en sustitución de la Dirección Nacional de Inquilinato) determinará el valor del metro cuadrado por tipo de construcción para definir el llamado Valor de Reposición (VR), el cual representa el costo de construir el inmueble en cuestión en la actualidad.
Ese VR forma parte de la fórmula por método de costos, que es una ecuación universalmente aplicada que toma en cuenta el valor actual de la construcción, le resta la depreciación por los años de la edificación y considera el estado de conservación del inmueble, pero no incluye el valor del terreno.

La depreciación del inmueble es definida según una tabla internacional denominada Ross-Heideke. Ésta considera la depreciación por los años de construcción del inmueble y el estado de conservación. Eso arroja nueve categorías que van desde un inmueble en excelentes condiciones hasta uno irrecuperable.
Para Borrego la ley dinamizará el mercado inmobiliario. “El que alquila lo seguirá haciendo porque ese ha sido su modo de vida por años, sólo que no cobrará sumas exorbitantes, sino lo que le corresponde realmente por el inmueble en arriendo. Los cánones estarán en función de la realidad del venezolano y no de la especulación”.

Propiedad garantizada

Esta propuesta legal, en efecto, garantiza los derechos de inquilinos, quienes por años fueron los débiles jurídicos en la relación arrendaticia, sometidos a desalojos, condiciones que le hacían difícil ejercer su derecho a la defensa y aumentos de cánones sin discriminación.

Pero este reconocimiento de las garantías de los arrendatarios no implica que los propietarios queden indefensos, pues se establecen cinco causales de desalojo a través de las cuales puede iniciar una demanda ante la superintendencia.
Esas causales son si dejó de pagar cuatro cánones de arrendamiento sin causa justificada, si el propietario necesita el inmueble para sí o para alguno de sus parientes consanguíneos hasta del segundo grado, si el arrendatario destinó la casa a usos deshonestos o indebidos, si le ocasionó daños al inmueble o le hizo reformas no autorizadas y si el inquilino violó normas de convivencia ciudadana.

“Esta ley por fin permite hacer justicia con el débil jurídico por más de 50 años que son los arrendatarios. Se vieron privados de todo reconocimiento de ley a sus derechos como persona y a la vivienda como un derecho humano. Siempre se trató como una mercancía. Eso es lo que estamos tratando de cambiar con la ley”, dijo Ana Marina Rodríguez, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos y defensora pública en materia inquilinaria.
“El nuevo texto equilibrará las relaciones”, comentó, y puntualizó que por primera vez se establecen sanciones a las partes que incumplen la ley. Estas van desde 50 a 1.000 unidades tributarias.

Rodríguez recordó que la ley vigente incluye dobles procedimientos a favor del propietario: podía demandar por procedimiento especial establecido en la norma o por procedimiento breve del Código de Procedimiento Civil; y tenía doble oportunidad para sacar al inquilino: al inicio de la demanda con unas medidas cautelares llamadas de secuestro, “que eran unos vulgares desalojos”, y al final del juicio.

“El inquilino sólo tenía dos días para contestar una demanda. Eso no le daba ni oportunidad de ubicar a un abogado y, si lo hacía, el costo era tan elevado que quedaba en indefensión”, añadió.
El nuevo instrumento jurídico establece un procedimiento especial oral y expedito, a su vez garantiza un defensor público para el demandado. Esta figura ya está establecida en la Ley contra los Desalojos Arbitrarios, dictada en mayo por el presidente Hugo Chávez.

“No es cierto que el propietario va a perder su vivienda. En ninguno de los artículos está establecido que el inquilino se convertirá en propietario. Sólo el propietario, respetando la preferencia en la oferta, puede vender el inmueble al inquilino. Nadie le va a quitar el inmueble a sus dueños”, precisó Rodríguez.

Borrego, por su parte, comentó que quienes pierdan el juicio por desalojo, deberán entregar el inmueble, pero en el proyecto se estableció que este proceso no sea traumático. Se le dan 180 días hábiles al inquilino para desalojar, tal como dicta el decreto de Ley contra Desalojos Arbitrarios, y si la persona no tiene donde ir, el Estado lo reubicará en un refugio temporal.
Este proyecto de ley constituye un logro para diversos colectivos de inquilinos. En febrero lograron sacar el anteproyecto a la calle para reunir más de 400.000 firmas con las que respaldaron la entrega de la propuesta ante la AN en marzo. De esta manera se convertirá en la primera ley nacida en Venezuela por iniciativa popular

martes, 20 de septiembre de 2011

Ley de Arrendamientos busca crear equilibrio entre inquilinos y propietarios

Diputado Farías (PSUV) señaló que el instrumento legal toma en consideración los derechos de ambos involucrados / Comentó que este proyecto de ley forma parte de las políticas que desarrolla el Gobierno Nacional en el marco de la Misión Vivienda

El proyecto de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas que se discute en el seno de la Asamblea Nacional (AN), busca crear un equilibrio entre los inquilinos y propietarios, tomándose en consideración los derechos de ambos involucrados, informó el diputado a la Asamblea Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Jesús Farías.

Durante su participación este miércoles en el programa Toda Venezuela, transmitido por Venezolana de Televisión, el parlamentario explicó que se busca garantizar la estabilidad de la vivienda y la capacidad de las personas que están en condición de inquilinos, de vivir de una manera digna.

“Es una ley que trata de impulsar el sector arrendatario, el cual experimenta un atraso significativo en la necesidad de satisfacer la demanda de muchas personas que tienen que vivir bajo esas condiciones (de inquilinato)”, indicó.

El diputado Jesús Farías aclaró que el Proyecto de Ley de Arrendamientos, no sólo defenderá los derechos de los inquilinos sino también sus deberes.

“Hay un equilibrio, no se van a proteger las sinvergüenzuras, estaríamos ahogando a la gallina de los huevos de oro si nosotros no garantizamos que exista la responsabilidad a la hora de cancelar las obligaciones que sean necesarias”, dijo.

Comentó que este proyecto de ley forma parte de las políticas que desarrolla el Gobierno Nacional en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, la cual “trata de dignificar a todo el sector, aquí se abren nuevas expectativas y perspectivas a partir de este proyecto”.

Asimismo, agregó que el elemento esencial que se persigue con esta normativa, es lograr el respeto a la dignidad humana, no obstante, indicó que los partidos de derecha quieren empañar este aspecto con una “propaganda trillada y anticomunista”.

A pesar de que la Asamblea Nacional realizó una consulta popular sobre la Ley de Arrendamiento, Farías señaló que existe aún desconocimiento en la población sobre este tema, lo cual a su juicio es aprovechado por sectores de la oposición.

“La oposición está jugando a promover el desconocimiento y desacato para defender intereses de los grandes propietarios que trabajaban sobre la abusiva imposición de precios y alquileres”, indicó.


FUENTE: (VTV/AVN) 20-09-2011

domingo, 18 de septiembre de 2011

SE CONVOCA: ESTE MARTES 20 A LAS 12:30PM A LA ASAMBLEA NACIONAL

Se convoca a una concentración al frente de la Asamblea Nacional por la entrada lateral a la Alcaldia del Municipio Libertador para este martes 20 de septiembre de 2011 a las 12:30pm para apoyar el inicio de la discución en plenaria de la nueva Ley de regulación y control de arrendamientos de viviendas que reivindica a la vivienda como un derecho fundamental, construida y entregada por el "Pueblo Legislador".



En este sentido, convocamos a todas y todos los militantes de nuestra organización social la Red Metropolitana de Inquilinos que durante mucho tiempo nos hemos convertido en pueblo legislador y que lo hemos materializado en la construcción de políticas desde nuestra organización social para la solución en concreto del problema del arrendamiento de viviendas en nuestro pais

jueves, 15 de septiembre de 2011

Aprobado INFORME de proyecto de Ley de Arrendamiento Inmobiliario

Este martes la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), aprobó el informe final del Proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, como antesala a su segunda discusión ante la plenaria parlamentaria.

En este sentido, el presidente de esta comisión, diputado Diosdado Cabello (PSUV- Monagas), explicó que este proyecto busca salvaguardar la unidad familiar, al tiempo que beneficiará a unas 750 mil familias que viven en condición de arrendamiento. El mismo estará constituido por 152 artículos más sus disposiciones.

Cabello recordó que esta entidad legislativa conformada por 11 parlamentarios, aprobó el texto legal con la anuencia de los diputados del bloque revolucionario, debido a que los representantes de la oposición no hicieron acto de presencia durante la sesión. El titular de la comisión no descartó que la acción emprendida por la derecha, obedezca a un acto de saboteo.

Informó que esta herramienta legal se opondrá a la ley vigente conocida hasta ahora como la Ley Apiur (Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos), pues a su juicio ésta se relaciona con los abusos, atropellos, vejámenes y desalojos arbitrarios que no tiene nada que ver con esta nueva propuesta de iniciativa popular.

El parlamentario monaguense exhortó al pueblo y a todos aquellos que quieran conocer el espíritu de esta propuesta a leer y escudriñar el documento legal, dejando atrás el mito que han tratado de imponer particulares, quienes han alegado que esta ley violenta la propiedad privada, cuando en ninguno de sus apartados se legisla sobre este tema.

Pueblo en Revolución

Un extenso debate con la participación de todos los sectores involucrados (arrendadores, arrendatarios, inmobiliarias, constructoras, entre otros), contando a más de 100 movimientos de organización popular, sirvió para exponer los pro y contra del articulado tanto en la AN como el la calle.

De la discusión se recogieron importantes puntos que sin duda, son primordiales a la hora de entender a la perfección el sistema de alquileres de inmuebles en nuestro país. La ley contemplará la regulación; por ejemplo, de los cánones de arrendamiento bajo unos parámetros muy específicos: años de construcción, ubicación, diferenciación de los tipos de construcción que permitirán determinar el valor del inmueble, entre otros.

Esto con la finalidad de que no existan más reportes o denuncias por pago excesivo y exagerado por el alquiler de un inmueble, sólo por su zona residencial, en menoscabo de los años de antigüedad que posee.

Esta valorización, entre otros aspectos del proyecto de ley, se regirá por una instancia superior que velará estrictamente por su cumplimiento, denominada Dirección Nacional de Inquilinato, ente propuesto en la legislación.

Así pues, este instrumento legal, vendrá a satisfacer la necesidad de regulación, justicia y legalidad que carece en el aspecto de alquiler de inmuebles en el país, donde por años se ha visto perjudicado el pueblo sin vivienda propia.

Cuentas claras

El Proyecto de Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas, fundamenta su accionar en 4 puntos fundamentales, denominados como “fines supremos de la ley”:

1. Proteger y garantizar el derecho humano a una vivienda y hábitat adecuado para todas las personas y familias, especialmente de quienes se encuentran en situación de discriminación por: orientación sexual, identidad de género, origen étnico, preferencia política y religiosa, estado civil, clase social, así como en otros casos de vulnerabilidad o marginación por discapacidad, enfermedades terminales, entre otras.

2. Preservar y garantizar la seguridad jurídica de la tenencia de las viviendas.

3. Erradicar los desalojos arbitrarios.

4. Brindar la atención integral a las personas, familias victimas de desalojos inconstitucionales, ilegales o arbitrarios.

Dentro de las acotaciones inherentes a la ley el diputado Cabello, dejó en claro que el terreno no será considerado dentro de la metodología y otros aspectos abordados por la ley. Al tiempo que aseveró que la misma establecerá sanciones que irán desde las 50 a las mil unidades tributarias, para quienes la incumplan.

 Prensa AN 15-09-2011

Propietarios e inquilinos extreman sus diferencias sobre Ley de Arrendamientos


Caracas, 15 de septiembre (Elisa Cristina Vásquez – noticieroindustrial.com).- La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler pidió que el diputado Diosdado Cabello, presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN), responda a la solicitud de reunión que hizo la semana pasada para exigir ser escuchada en los planes de aprobación de la Ley para la Regularización y Control de Alquileres.
María Elena Navarro, vocera de la Red, informó que no fueron convocados al último debate, en el cual se aprobaron los artículos sobre canon de arrendamiento, desalojos, sanciones y multas. Exigen equilibrio en el documento, que según ellos, beneficia sólo a los arrendatarios.

Por su parte, Ricardo Medina, vocero de la Red Metropolitana de Inquilinos, negó las denuncias sobre la parcialización del instrumento legal, y dijo que luego de muchos años, por fin aspirarán a un equilibrio entre inquilino y propietario, porque las leyes siempre habían amparado a éste último. “Alquilar una vivienda es un servicio público, no un acto de usura”, resaltó.

Consideró que la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) y la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), representan grandes poderes que siempre han tenido la balanza a su favor desde el punto de vista legislativo.
La Red de Propietarios se encuentra principalmente en contra de la limitación a las desocupaciones que impone el proyecto de ley, así como a la incapacidad de acceder a la vivienda cuando los propietarios, o sus hijos, lo necesiten.

Medina sostuvo que se contemplan distintos casos para desalojar a un inquilino, dentro de los cuales se considera el segundo grado de consanguinidad como privilegio, siempre y cuando el propietario cumpla con los requisitos de un acto administrativo, una demanda de desalojo, y posteriormente la recuperación.

Para poder disponer del inmueble, el inquilino debe contar con otro lugar para residir, de acuerdo a lo que estipula la Ley de Desalojos Arbitrarios. El representante de los arrendatarios cree que no será complicado este procedimiento, porque el Estado debe asegurar una residencia para el desalojado.

“No sólo se contará con las casas que construirá el gobierno, sino que también habrá un Registro de Arrendadores donde estarán las viviendas disponibles para albergar al inquilino”, recordó.

La Red Metropolitana de Inquilinos celebra que haya cerrado la discusión del instrumento legal, porque “se había extendido la discusión para que todos los sectores participaran”, acotó Medina.

Desestimó que la oferta de alquileres se reduzca en el futuro, porque los alquileres serán más humanos y serviciales, pero beneficiando a ambas partes.
La Red de Propietarios trata 400 casos de congelamiento de alquileres por la prohibición de desalojos que decretó el Ejecutivo vía Habilitante. Señaló que son más de 40.000 los casos paralizados en tribunales en búsqueda desocupaciones de los inmuebles.

sábado, 10 de septiembre de 2011

Ley de Arrendamiento


Los artículos del proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda aprobados hasta ahora por la Comisión de Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional son mucho menos equilibrados que los presentados por la Red Metropolitana de Inquilinos en marzo.
Las asociaciones de propietarios critican la normativa. El proyecto original de la Red Metropolitana de Inquilinos era más equilibrado que lo aprobado hasta la fecha.

"La duración de los contratos de arrendamientos regulados por la presente ley será libremente acordada por las partes", decía el artículo 46 del proyecto original. La disposición aprobada fija un plazo mínimo de 3 años, a menos que el inquilino decida rescindirlo antes, en cuyo caso no tendrá que pagar los cánones restantes ni indemnización.
El artículo 54 limitaba la subrogación del contrato por muerte del arrendatario a familiares hasta segundo grado de consanguinidad que hubieran convivido habitualmente en el inmueble antes de que la persona falleciera. Lo aprobado por la Comisión extiende ese derecho a cualquier ocupante de la vivienda que pruebe una permanencia pacífica y continua en ella.
La disposición 117 proponía que el inquilino acusado de falta de pago perdiera los derechos consagrados en la ley y fuera demandado por el procedimiento breve fijado en el Código Civil. El artículo aprobado le permite llegar a una conciliación con el propietario si abona las mensualidades atrasadas. "Dicho pago no se tendrá como extemporáneo", agrega.

La instancia parlamentaria eliminó, además, el segundo capítulo del proyecto de ley, que definía las garantías que el arrendador podía solicitar al inquilino. Allí se indicaba que el depósito no podía exceder del equivalente a dos meses de alquiler y debía ser guardado en una cuenta bancaria. El dinero y los intereses generados serían devueltos al arrendatario al término del contrato, reseña El Nacional.
Proyecto mejorado. La Cámara Inmobiliaria de Venezuela y la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos han advertido en varias ocasiones sobre los desequilibrios que caracterizan al proyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de viviendas.

La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, creada recientemente para agrupar a arrendadores de sectores populares, también critica la legislación porque generará anarquía y acabará con la oferta. Exige una ley que sea más equilibrada.

Rigel Sergent, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos, respalda los cambios y destaca que fueron realizados con la participación de asociaciones de arrendatarios de todo el país. "Creemos que se ha mejorado la propuesta inicial que introdujimos en la Asamblea Nacional", dijo.

Sergent afirmó que los propietarios de viviendas también han intervenido en las discusiones. "Todas las partes han sido escuchadas. Evidentemente los grandes arrendadores, que utilizan el alquiler como un negocio y no como un medio de subsistencia, no van a estar a favor de la regulación".

Agregó que los pequeños arrendadores ¬definidos como los que alquilan una o dos unidades de vivienda¬ no tienen razones para preocuparse.

"La ley les garantiza el derecho de propiedad y señala los mecanismos para que recuperen sus inmuebles".

Sergent descartó que la normativa incentive la falta de pago de los inquilinos. "La persona que no cancele será desalojada. Y los procedimientos serán más expeditos, de manera que los arrendadores no tendrán que esperar tres años, que es la prórroga establecida en la ley vigente".

Fuente: El Nacional 10-09-2011

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